Ley de Tránsito en Crisis: El Tiro de la Justicia
Recientemente, la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró que el artículo 15 del Código de Tránsito, que establece un plazo de prescripción de cinco años para las multas, es inconstitucional. La decisión, a cargo de la jueza Karina Andrade, surge en respuesta al reclamo de Los Mana S.A., una empresa cuyo vehículo había acumulado infracciones pendientes desde 2018 y 2019, que consideró ya prescritas.
Este fallo no solo absuelve a la empresa del pago de multas que alcanzan un total aproximado de $66.898, sino que también podría tener amplias repercusiones en la administración de las licencias de conducir. Las multas no resueltas suelen complicar el proceso de renovación o emisión de dichas licencias, por lo que la invalidez del artículo puede generar un ambiente de incertidumbre respecto a la regulación del tránsito.
Contexto Legal y Perspectivas
El caso de Los Mana S.A. se basa en la discrepancia entre el Código de Faltas y el Código Penal, ya que el primero establece un plazo de cinco años para la prescripción de las infracciones, mientras que el segundo limita este periodo a solo dos años. La jueza Andrade se apoyó en la jurisprudencia de la Corte Suprema para argumentar que los tiempos de prescripción deben ser coherentes en todas las jurisdicciones y no pueden ser estipulados de forma arbitraria por las legislaturas locales.
La discusión sobre la duración de la prescripción de las multas de tránsito pone de relieve la necesidad de una revisión más profunda de la normativa existente. Podría ser el momento propicio para la revisión de las leyes de tránsito en Argentina, considerando no solo los tiempos de prescripción, sino también la relación entre la administración pública y las empresas, así como la protección de los derechos de los ciudadanos.
Nuevas Direcciones para la Investigación
Este fallo invita a la exploración de varios ángulos, como el impacto fiscal que podría tener una disminución en la recaudación por multas sobre las arcas públicas y cómo afectaría esto la inversión en infraestructura vial y seguridad en el tránsito. También podría ser útil investigar cómo la proporción de infracciones y los recursos de las empresas para apelar multas afectan la justicia en el tránsito, así como el papel del estado en la comunicación oportuna de dichas infracciones.
Además, este acontecimiento plantea preguntas más amplias sobre la naturaleza de la justicia en la regulación del tránsito. ¿Cuánto tiempo debe tener la administración para notificar a las infracciones? Y, ¿cómo se pueden balancear la recaudación de fondos públicos y el derecho a un proceso justo y oportuno para los infractores?
La ineficiencia en la administración de multas puede llevar a situaciones donde la falta de notificación oportuna genere situaciones de desventaja para quienes realmente intentan cumplir con las reglas de tránsito. Esto introduce la necesidad de políticas que fomenten no solo la sanción sino también la educación y estos elementos deben ser evaluados a fondo.
En conclusión, este fallo podría no solo cambiar la normativa vigente sobre la prescripción de multas, sino también influir en una revaluación sistemática del sistema de tránsito en la ciudad, buscando un equilibrio entre el cumplimiento de las reglas y la protección de los derechos de todos los ciudadanos.