Juzgado Administrativo de Faltas N° 1 — Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Dirección: Av. Artigas 1131 - 1° Piso
Teléfono: 3794-265154
Email: [email protected]
Verificado el — fuente oficial
Departamento de Corrientes
La búsqueda por patente permite revisar las infracciones informadas para un vehículo. Es útil para controlar un auto o moto y contrastar sus actas antes de una compra; no identifica por sí sola quién conducía ni certifica la situación registral.
Consultá multas en Capital por patente, DNI o CUIT
Consultar multas en CapitalLa búsqueda por patente permite revisar las infracciones informadas para un vehículo. Es útil para controlar un auto o moto y contrastar sus actas antes de una compra; no identifica por sí sola quién conducía ni certifica la situación registral.
Antes de comprar un vehículo en Capital, revisá sus infracciones y distinguí esa consulta del impuesto de patente y del informe registral. El reporte reúne respuestas disponibles, pero no certifica ausencia de deudas o restricciones. Confirmá los requisitos y documentos del trámite con el organismo correspondiente.
Última revisión editorial: .
Ingresá el dominio completo: formato anterior ABC123 o Mercosur AB123CD; comprobá letras y números.
Organismo de faltas documentado en Capital. Verificá que sea el emisor de tu acta antes de continuar:
Juzgado Administrativo de Faltas N° 1 — Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
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Si la norma de Corrientes utiliza UF, verificá la definición de esa unidad y su valor en la fecha aplicable. Una escala orientativa no reemplaza el importe del acta. Las multas en Corrientes se expresan en Unidades Fijas (Ley provincial 5037 — adhesión a la Ley Nacional 24.449). La provincia adhiere al régimen de la Ley Nacional 24.449, cuyo artículo 84 define la UF como el menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. La definición «nafta súper del ACA» que circula corresponde al régimen municipal de la capital, no a una norma provincial verificada. Al seguir al surtidor no tiene un valor fijo publicado.
| Infracción | Artículo | Escala en UF |
|---|---|---|
| Exceso de velocidad sobre el máximo permitido | art. 104 | 150–1.000 UF |
| Estacionar o detenerse en lugar prohibido | art. 94 | 100–300 UF |
| Estacionar en rampa o lugar reservado a personas con discapacidad | art. 102 | 50–100 UF |
| Cruzar el semáforo en rojo | art. 57 | 150–500 UF |
| No respetar la prioridad de paso del peatón | art. 40 | 150–500 UF |
| Circular sin el cinturón de seguridad colocado | art. 34 | 100–300 UF |
| Trasladar menores sin el sistema de retención infantil | art. 30 | 150–500 UF |
| Conducir un motovehículo sin casco reglamentario | art. 33 | 150–500 UF |
| Conducir manipulando el teléfono celular | art. 91 | 150–500 UF |
| Circular sin la revisión técnica obligatoria vigente | art. 18 | 100–300 UF |
| Circular sin cobertura de seguro obligatorio vigente | art. 114 | 100–300 UF |
| Conducir con la licencia vencida | art. 4 | 100–300 UF |
| Conducir con alcohol en sangre por encima del límite | art. 67 ap. 2 | 200–1.000 UF |
| Negarse a realizar el test de alcoholemia | art. 115 | 300–1.000 UF |
| Giro prohibido o giro en U antirreglamentario | art. 53 | 100–300 UF |
| Circular a contramano | art. 69 | 200–1.000 UF |
Las escalas son las del régimen nacional, Decreto 779/95, Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022), que mostramos como referencia: Corrientes puede fijar otras. El art. 120 del Anexo 2 permite a las jurisdicciones adherentes variar los mínimos y máximos dentro de los límites del art. 84 de la Ley 24.449, así que la escala provincial puede diferir.
Ver valor de la UF, vigencia y conversión a pesos
Fuente: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Desde el 28/10/2026 el importe vigente y su historial viven en la base de datos (libro mayor de la UF, administrable sin deploy); este archivo conserva la definición legal, la norma y la fuente oficial de cada jurisdicción. Las escalas en unidades fijas se transcriben de la norma vigente de cada jurisdicción, con el artículo citado en cada fila: Decreto 779/95 Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022) para el régimen nacional, Decreto 532/09 Anexo V para la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 (texto consolidado por Ley 6.764) para la Ciudad de Buenos Aires, Ley 13.169 para Santa Fe Decreto 863/24 MSJ, Anexo, art. 3 (con los Decretos 1773/24, 1009/2026 y 2998/2026) para Entre Ríos y Anexo I del Decreto 2507-MS-2009 (con los Decretos 810-MS-2011 y 11077-MS-2023) para San Luis. Córdoba y Mendoza no fijan la escala por conducta en la ley, así que no publicamos una. En las jurisdicciones sin escala propia verificada se muestra la del régimen nacional, identificada como referencia. Los valores de UF y los plazos de prescripción que mostramos son referenciales y se actualizan periódicamente (última revisión: 30 de octubre de 2026). Antes de pagar o presentar un descargo verificá el monto vigente en el organismo de cobro de Capital o en la autoridad provincial de Corrientes.
Los plazos y sus causas de interrupción dependen del régimen aplicable. La guía de Corrientes debe leerse junto con las constancias del acta.
La acción para sancionar la falta prescribe a los 2 años si la falta es leve y a los 5 años si es grave, según Ley 5037 — adhesión a la Ley Nacional 24.449; sin plazo propio, rige su art. 89. La sanción ya firme prescribe a los 5 años.
La prescripción se interrumpe por la comisión de una falta grave; la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.
Ingresá el dominio completo: formato anterior ABC123 o Mercosur AB123CD; comprobá letras y números. Compará la patente, fecha y lugar de cada acta con el vehículo que estás revisando. Abrí la evidencia disponible y el canal del organismo emisor antes de pagar o presentar un descargo. Para titularidad o restricciones registrales, revisá el alcance del informe correspondiente; son consultas separadas de las multas.
Si el pago de una infracción de Capital no se refleja, consultá al organismo con el número de operación y el comprobante. El plazo de acreditación depende del canal.
Antes de pagar o formular un descargo en Capital, consultá qué efectos tiene cada opción sobre los beneficios o recursos disponibles.
Las multas municipales de Capital se tramitan ante Juzgado Administrativo de Faltas N° 1 — Municipalidad de la Ciudad de Corrientes, Av. Artigas 1131 - 1° Piso. Teléfono: 3794-265154. Para actas de otros organismos, verificá la autoridad y el canal de la notificación. SINAI sólo reúne información de jurisdicciones adheridas y no garantiza cobertura de todas las rutas.
Esta búsqueda consulta infracciones. Los datos del vehículo y sus titulares requieren otra herramienta; el informe registral oficial también tiene un alcance distinto.
No. Las multas son sanciones por infracciones; la deuda de patente es un tributo del vehículo. Revisá el organismo y la consulta de cada concepto por separado.
Esta guía sobre multas en Capital fue elaborada por el equipo editorial de multas.ar a partir de fuentes públicas y normativa vigente en Corrientes. Última actualización: .
Coordenadas (centroide): -27.5223, -58.7625 — ver en mapa