Departamento de Entre Ríos

Multas e infracciones en Colón

Esta guía orienta sobre consultas de tránsito en Colón, Entre Ríos. Los trámites y certificados corresponden al organismo competente.

Consultá multas en Colón por patente, DNI o CUIT

Consultar multas en Colón

Respuesta rápida: consultar multas en Colón

Para consultar multas de Colón, ingresá la patente, el DNI o el CUIT y revisá las fuentes que respondieron. Compará cada acta con la notificación y continuá en el organismo emisor para pagos o descargos. Un resultado sin hallazgos no equivale a un libre deuda.

Última revisión editorial: .

Dónde se tramitan las multas en Colón

Para revisar una infracción de Colón, comenzá por la patente o el documento que figura en el acta. La consulta puede reunir respuestas de distintas fuentes; verificá su estado y la fecha antes de continuar.

Organismo de faltas documentado en Colón. Verificá que sea el emisor de tu acta antes de continuar:

Cuánto cuesta una multa en Colón

Si la norma de Entre Ríos utiliza UF, verificá la definición de esa unidad y su valor en la fecha aplicable. Una escala orientativa no reemplaza el importe del acta. Las multas en Entre Ríos se expresan en Unidades Fijas (Ley provincial 10.025 (adhesión a la Ley Nacional 24.449) y Dto. 863/24 MSJ, Anexo, art. 3). La UF equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial y, por el Decreto 863/24, se actualiza sola: vale el precio del día de pago. Por diseño no hay acto administrativo ni valor publicado; el importe lo informa el organismo al momento de pagar.

InfracciónArtículoEscala en UF
Exceso de velocidad sobre el máximo permitidoart. 3 punto 29 (texto según Dto. 1009/2026)200–400 UF
Estacionar o detenerse en lugar prohibidoart. 3 punto 28 inc. b) ap. 1150–500 UF
Cruzar el semáforo en rojoart. 3 punto 24 inc. a)300–500 UF
No respetar la prioridad de paso del peatónart. 3 punto 2150–100 UF
Circular sin el cinturón de seguridad colocadoart. 3 punto 20 inc. k)50–100 UF
Trasladar menores sin el sistema de retención infantilart. 3 punto 20 inc. g)50–100 UF
Conducir un motovehículo sin casco reglamentarioart. 3 punto 20 inc. j)50–100 UF
Conducir manipulando el teléfono celularart. 3 punto 27 inc. x)150–500 UF
Circular sin la revisión técnica obligatoria vigenteart. 3 punto 15150–500 UF
Circular sin cobertura de seguro obligatorio vigenteart. 3 punto 20 inc. c) ap. 2150–500 UF
Conducir con la licencia vencidaart. 3 punto 20 inc. a) ap. 550–100 UF
Conducir con alcohol en sangre por encima del límiteart. 3 punto 27 inc. a)50–1.000 UF
Negarse a realizar el test de alcoholemiaart. 2 inc. E) ap. 8 (texto según Dto. 1773/24) y art. 3 punto 27 inc. a) 5500–1.000 UF
Giro prohibido o giro en U antirreglamentarioart. 3 punto 2350–100 UF
Circular a contramanoart. 3 punto 27 inc. c)150–500 UF

Escalas según Decreto 863/24 MSJ, Anexo, art. 3 — reglamentación de la Ley 10.025 (texto según los Decretos 1773/24 MSJ, 1009/2026 y 2998/2026).

Ver valor de la UF, vigencia y conversión a pesos

Fuente: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Desde el 28/10/2026 el importe vigente y su historial viven en la base de datos (libro mayor de la UF, administrable sin deploy); este archivo conserva la definición legal, la norma y la fuente oficial de cada jurisdicción. Las escalas en unidades fijas se transcriben de la norma vigente de cada jurisdicción, con el artículo citado en cada fila: Decreto 779/95 Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022) para el régimen nacional, Decreto 532/09 Anexo V para la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 (texto consolidado por Ley 6.764) para la Ciudad de Buenos Aires, Ley 13.169 para Santa Fe Decreto 863/24 MSJ, Anexo, art. 3 (con los Decretos 1773/24, 1009/2026 y 2998/2026) para Entre Ríos y Anexo I del Decreto 2507-MS-2009 (con los Decretos 810-MS-2011 y 11077-MS-2023) para San Luis. Córdoba y Mendoza no fijan la escala por conducta en la ley, así que no publicamos una. En las jurisdicciones sin escala propia verificada se muestra la del régimen nacional, identificada como referencia. Los valores de UF y los plazos de prescripción que mostramos son referenciales y se actualizan periódicamente (última revisión: 30 de octubre de 2026). Antes de pagar o presentar un descargo verificá el monto vigente en el organismo de cobro de Colón o en la autoridad provincial de Entre Ríos.

Prescripción

Los plazos y sus causas de interrupción dependen del régimen aplicable. La guía de Entre Ríos debe leerse junto con las constancias del acta.

La acción para sancionar la falta prescribe a los 2 años si la falta es leve y a los 5 años si es grave, según Ley 10.025, art. 1 — adhiere a las Leyes Nacionales 24.449 y 26.363, entre otras; sin plazo propio, rige el art. 89 de la 24.449. La sanción ya firme prescribe a los 5 años.

La prescripción se interrumpe por la comisión de una falta grave; la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.

Guía completa de prescripción

Resolver una multa en Colón

Ingresá patente, DNI o CUIT según la consulta que necesitás. Revisá identificador, acta y organismo de cada resultado de Colón.

  1. Pagar la multa

    Para pagar una multa de Colón, entrá al canal del organismo que figura en el acta y usá una boleta vigente. Guardá el comprobante y verificá su imputación.

  2. Presentar un descargo

    Para presentar un descargo por una multa de Colón, revisá la citación y confirmá plazo, documentación y canal ante la autoridad indicada.

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Estas guías de lugares cercanos a Colón permiten ampliar una consulta; verificá siempre la jurisdicción del acta.

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Preguntas frecuentes sobre multas en Colón

¿Dónde veo el valor de una multa de Colón?

El monto vigente lo informa la boleta o el expediente oficial. Si se utiliza UF, comprobá la definición y el valor aplicables a esa jurisdicción y fecha.

¿Un resultado vacío acredita libre deuda en Colón?

No. Sólo indica que las fuentes que respondieron no devolvieron hallazgos para ese identificador. Una constancia oficial debe solicitarse al organismo competente.

¿Cómo consulto multas en Colón?

Ingresá patente, DNI o CUIT y revisá las fuentes disponibles y el estado de la consulta. Comprobá cada acta con el organismo emisor antes de pagar o reclamar.

¿Dónde pago una multa de Colón?

Usá el canal que informa el organismo emisor y una boleta vigente. Los medios de pago y descuentos dependen de esa autoridad y del estado del expediente.

¿Cómo compruebo que se acreditó un pago?

Conservá el comprobante y revisá el estado en el portal del organismo. Si persiste una diferencia, consultá con el número de acta y la operación; la acreditación depende del canal.

¿Qué hago si una fuente no respondió?

Ese estado es distinto de una respuesta sin hallazgos. Volvé a consultar cuando esté disponible o verificá la notificación directamente con el organismo.

Fuentes y metodología

Esta guía sobre multas en Colón fue elaborada por el equipo editorial de multas.ar a partir de fuentes públicas y normativa vigente en Entre Ríos. Última actualización: .

  • Valores de UF: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Desde el 28/10/2026 el importe vigente y su historial viven en la base de datos (libro mayor de la UF, administrable sin deploy); este archivo conserva la definición legal, la norma y la fuente oficial de cada jurisdicción.
  • Escalas en UF — Entre Ríos: Decreto 863/24 MSJ, Anexo, art. 3 — reglamentación de la Ley 10.025 (texto según los Decretos 1773/24 MSJ, 1009/2026 y 2998/2026)
  • Prescripción: Relevamiento de multas.ar sobre el texto oficial vigente de cada norma: se cita la ley provincial que rige la prescripción de las faltas de tránsito, el artículo que fija el plazo y las causales de interrupción que ese texto enumera. Cuando la provincia adhirió a la Ley Nacional 24.449 sin dictar un régimen propio, el plazo es el de su art. 89 (texto según Ley 26.363). Los plazos se interrumpen por actos administrativos o judiciales: verificá el expediente en cada caso. Última revisión contra fuente primaria: octubre de 2026.
  • Portal provincial: Entre Ríos en multas.ar
  • Datos territoriales: IGN — Servicio Georef

Coordenadas (centroide): -32.0115, -58.3699 — ver en mapa