Multa por exceso de velocidad en CABA 2026: cuántas UF son según el exceso y cuánto es en pesos
La Ley 451 cobra 150 UF ($175.962) si el exceso es de hasta 30 %, 250 UF si lo supera y 400 a 4.000 UF por encima de 140 km/h. Los tramos del art. 6.1.28, su valor en pesos, cómo se calcula el 30 % y el pago voluntario.
En la Ciudad de Buenos Aires la multa por exceso de velocidad depende de cuánto te pasaste. El artículo 6.1.28 de la Ley 451, en el texto vigente según la Ley 6.254, fija tres tramos: 150 UF si superás el límite de la arteria hasta en un 30 %, 250 UF si lo superás en más de 30 % sin pasar de 140 km/h, y 400 a 4.000 UF por encima de 140 km/h, en cualquier arteria. Con la UF de $1.173,08, vigente del 2 de septiembre de 2026 al 1 de marzo de 2027, son $175.962, $293.270 y de $469.232 a $4.692.320.
El importe en pesos depende de la UF vigente al momento del pago: el Instituto de Estadística y Censos porteño la fija por semestres y la Ley 451 la convierte el día que pagás.
Cuántas UF son según el exceso
| Exceso | UF | Pesos con la UF de $1.173,08 | Con pago voluntario |
|---|---|---|---|
| Hasta 30 % sobre el límite | 150 | $175.962 | 75 UF: $87.981 |
| Más de 30 %, hasta 140 km/h | 250 | $293.270 | 125 UF: $146.635 |
| Más de 140 km/h | 400 a 4.000 | $469.232 a $4.692.320 | No admite |
| No respetar la velocidad mínima | 70 | $82.116 | 35 UF: $41.058 |
Si manejás un taxi, un remís, un transporte escolar o de pasajeros y estás prestando servicio, la multa de los dos tramos superiores se eleva al doble. La UF equivale al precio promedio en la Ciudad de medio litro de nafta de mayor octanaje; el valor y su historial están en la guía del valor de la UF en CABA del sitio (/valor-uf/caba).
Cómo se calcula el 30 %
El porcentaje se mide sobre el límite de la arteria donde te midieron. La Ley 2148 (art. 6.2.2) fija 100 km/h en autopistas como la 25 de Mayo, la Perito Moreno o la Illia, 60 km/h en avenidas (70 en Libertador, Figueroa Alcorta y otras), 40 km/h en calles y 20 km/h en pasajes y calles de convivencia. Con esos límites:
- en una calle de 40 km/h, el tramo de 150 UF llega hasta 52 km/h;
- en una avenida de 60 km/h, hasta 78 km/h;
- en una autopista de 100 km/h, hasta 130 km/h; de ahí a 140 son 250 UF.
Cerca de escuelas, clubes y lugares de gran afluencia de público, en los horarios de ingreso y egreso, la velocidad precautoria es la mínima del tipo de arteria (art. 6.2.3). Qué margen se descuenta a la lectura del radar está en tolerancia del cinemómetro.
Pago voluntario y descargo
Para las faltas de tránsito, el artículo 18 de la Ley 451 permite acogerse al pago voluntario hasta los 40 días corridos de notificado, con una bonificación del 50 %. Si el acta descuenta puntos del scoring, pagar implica consentir ese descuento. Si en cambio pedís la intervención de la Unidad Administrativa de Control de Faltas dentro de esos 40 días y te condenan, la bonificación es del 25 %.
No hay pago voluntario por encima de 140 km/h, ni para quien en los 365 días anteriores fue sancionado o pagó en forma voluntaria tres veces por faltas de la misma sección. Qué muestra una fotomulta y qué se puede pedir está en fotomultas en CABA, y cómo leer el estado del acta, en a resolver en CABA.
Prescripción y consulta
En la Ciudad la acción prescribe a los 5 años de cometida la falta (Ley 451, art. 15) y la sanción, a los 2 años desde que queda firme (art. 37). La citación fehacientemente notificada para comparecer interrumpe el plazo (art. 16). La regla de cada jurisdicción está en la guía de prescripción del sitio (/prescripcion-infracciones).
Las actas porteñas se consultan en el trámite oficial de consulta de infracciones del Gobierno de la Ciudad. Para comparar con otras jurisdicciones, la cuenta general está en multa por exceso de velocidad según el exceso, y el estado por patente se puede cruzar con la consulta de CABA del sitio (/infracciones-transito/multas-caba).
Metodología
- Alcance
- Multa por exceso de velocidad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: tramos del artículo 6.1.28 de la Ley 451, límites por tipo de arteria de la Ley 2148, conversión con la UF semestral, pago voluntario, prescripción y canal de consulta.
- Unidad de análisis
- Un acta o fotomulta por exceso de velocidad labrada en la Ciudad y tramitada bajo el Régimen de Faltas (Ley 451), convertida a pesos con la UF que fija el IDECBA.
- Cobertura
- Textos de la Ley 451 y del Título VI de la Ley 2148 en JURISTECA, página de la Unidad Fija del IDECBA y trámite de consulta de infracciones del Gobierno de la Ciudad, consultados el 29/10/2026.
Limitaciones
- La UF de $1.173,08 rige hasta el 1 de marzo de 2027; el acta se paga con la UF vigente al día del pago.
- Dónde cae una multa del último tramo, entre 400 y 4.000 UF, lo decide el controlador o el juez.
- Los ejemplos de corte del 30 % usan los límites generales de la Ley 2148; un tramo con señalización especial puede tener otro límite.
Fuentes
- Ley 451 – Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
- Ley 2148, Título VI: de la circulación — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
- Unidad Fija (UF): valor vigente y períodos — Instituto de Estadística y Censos de la Ciudad de Buenos Aires (consultada el )
- Consulta de infracciones — Buenos Aires Ciudad (consultada el )
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la multa por exceso de velocidad en CABA en 2026?
Depende del exceso. Hasta un 30 % por encima del límite de la arteria son 150 UF ($175.962 con la UF de $1.173,08); más de 30 % sin pasar de 140 km/h, 250 UF ($293.270), y por encima de 140 km/h, 400 a 4.000 UF ($469.232 a $4.692.320). La UF rige del 2 de septiembre de 2026 al 1 de marzo de 2027 y se convierte al valor del día de pago.
¿Cuánto me pasé si me multaron en una avenida de 60 km/h?
El 30 % se calcula sobre el límite de esa arteria. En una avenida de 60 km/h, el tramo de 150 UF llega hasta 78 km/h y desde ahí corresponden 250 UF. En una calle de 40 km/h el corte está en 52 km/h, y en una autopista de 100 km/h, en 130 km/h; por encima de 140 km/h la escala es de 400 a 4.000 UF en cualquier arteria.
¿Hay descuento por pagar una fotomulta de velocidad en CABA?
Sí, en los dos primeros tramos. La Ley 451 (art. 18) bonifica el 50 % si te acogés al pago voluntario dentro de los 40 días corridos de notificado: 75 UF en lugar de 150, o 125 en lugar de 250. Por encima de 140 km/h no se admite pago voluntario. Si el acta descuenta puntos, pagar implica consentir ese descuento.
Dónde consultar
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