Juzgado de Faltas Municipal de Salto
Dirección: Bartolome Mitre 486, Salto
Teléfono: 02474425232
Email: [email protected]
Horario: 07:00 a 13:00 hs.
Verificado el — fuente oficial
Localidad de Buenos Aires
Una multa de Berdier se entiende mejor con el acta completa: identificá la autoridad emisora y las opciones que informa.
Consultá multas en Berdier por patente, DNI o CUIT
Consultar multas en BerdierSi recibiste una multa de Berdier, comprobá patente, fecha, lugar y autoridad emisora. Buscá el expediente en el canal oficial antes de pagar o presentar un descargo. Las consultas por persona y por vehículo pueden devolver resultados diferentes porque cada fuente admite distintos identificadores y coberturas.
Última revisión editorial: .
La información de Berdier ayuda a organizar la consulta, pero no modifica actas ni determina su validez. Confirmá los importes y vencimientos en el canal oficial antes de pagar.
Si una notificación de Berdier no aclara dónde tramitarla, consultá los canales oficiales de Buenos Aires antes de acudir a una sede.
Berdier pertenece al partido de Salto, en Buenos Aires. Su organismo de faltas de referencia es Juzgado de Faltas Municipal de Salto, con sede en Bartolome Mitre 486, Salto. El SINAI informa infracciones de las jurisdicciones adheridas. Para saber dónde continuar el trámite, identificá el organismo emisor de cada acta.
Juzgado de Faltas Municipal de Salto
Dirección: Bartolome Mitre 486, Salto
Teléfono: 02474425232
Email: [email protected]
Horario: 07:00 a 13:00 hs.
Verificado el — fuente oficial
Compará el artículo y la escala citados con la notificación de Berdier; una tabla nacional no demuestra que el régimen local sea idéntico. El valor vigente de la UF en Buenos Aires es de $2.281 (Ley 13.927 PBA — valor fijado por Resolución RS-2026-30737950-GDEBA-SSPYSVMTRAGP).
| Infracción | Artículo | Escala en UF | Equivalente en pesos |
|---|---|---|---|
| Exceso de velocidad sobre el máximo permitido | art. 28 | 150–1.000 UF | $342.150 – $2.281.000 |
| Estacionar o detenerse en lugar prohibido | art. 27 | 50–100 UF | $114.050 – $228.100 |
| Estacionar en rampa o lugar reservado a personas con discapacidad | art. 27 | 50–100 UF | $114.050 – $228.100 |
| Cruzar el semáforo en rojo | art. 22 inc. a) | 300–1.000 UF | $684.300 – $2.281.000 |
| No respetar la prioridad de paso del peatón | art. 19 | 50–100 UF | $114.050 – $228.100 |
Escalas según Decreto 532/09, Anexo V — Régimen general de contravenciones y sanciones en jurisdicción provincial (reglamenta la Ley 13.927).
Fuente: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Las escalas en unidades fijas se transcriben de la norma vigente de cada jurisdicción, con el artículo citado en cada fila: Decreto 779/95 Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022) para el régimen nacional, Decreto 532/09 Anexo V para la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 (texto consolidado por Ley 6.764) para la Ciudad de Buenos Aires y Ley 13.169 para Santa Fe. Córdoba y Mendoza no fijan la escala por conducta en la ley, así que no publicamos una. En las jurisdicciones sin escala propia verificada se muestra la del régimen nacional, identificada como referencia. Los valores de UF y los plazos de prescripción que mostramos son referenciales y se actualizan periódicamente (última revisión: 22 de septiembre de 2026). Antes de pagar o presentar un descargo verificá el monto vigente en el organismo de cobro de Salto o en la autoridad provincial de Buenos Aires.
Los plazos y sus causas de interrupción dependen del régimen aplicable. La guía de Buenos Aires debe leerse junto con las constancias del acta.
La acción para sancionar la falta prescribe a los 2 años si la falta es leve y a los 5 años si es grave, según Ley 13.927, art. 1 — adhiere a las Leyes Nacionales 24.449 y 26.363; la ley provincial no fija plazo propio, así que rige el art. 89 de la Ley 24.449: 2 años para la acción por falta leve y 5 para la falta grave y las sanciones. La sanción ya firme prescribe a los 5 años.
La prescripción se interrumpe por la comisión de una falta grave; la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.
Contrastá la consulta de Berdier con cualquier notificación que hayas recibido y verificá el expediente en su organismo emisor.
No transfieras dinero sólo porque recibiste un enlace de pago: comprobá el acta y el destinatario desde el sitio oficial correspondiente a Berdier.
Si no reconocés una infracción de Berdier, solicitá la información del expediente y verificá cómo acreditar tu presentación dentro del plazo aplicable.
Las páginas de Salto reúnen contexto territorial; no aseguran que todas las actas aparezcan en una sola fuente.
La proximidad a Berdier no implica compartir juzgado o portal. Revisá la autoridad de cada infracción.
Para actas municipales de Berdier, consultá los canales de Salto y verificá el organismo indicado en la notificación. La referencia administrativa está en Salto, a unos 12 km. Para actas municipales, la referencia es Juzgado de Faltas Municipal de Salto (Bartolome Mitre 486, Salto). SINAI reúne información de jurisdicciones adheridas; no garantiza incluir todas las actas ni reemplaza al organismo emisor. El nombre de la ruta no determina por sí solo dónde tramitar la infracción.
Ingresá patente, DNI o CUIT y revisá las fuentes disponibles y el estado de la consulta. Comprobá cada acta con el organismo emisor antes de pagar o reclamar.
Usá el canal que informa el organismo emisor y una boleta vigente. Los medios de pago y descuentos dependen de esa autoridad y del estado del expediente.
No. Las infracciones, la deuda tributaria y la situación registral tienen alcances distintos. Confirmá los requisitos del trámite con el Registro Seccional.
No necesariamente. Una fuente puede asociar el acta al vehículo, a la persona o a ambos. Revisá los identificadores pertinentes a tu consulta.
No lo supongas. La prescripción depende de la norma, la clase de sanción y las actuaciones del expediente. Consultá el procedimiento aplicable antes de plantearla.
No. Sólo indica que las fuentes que respondieron no devolvieron hallazgos para ese identificador. Una constancia oficial debe solicitarse al organismo competente.
Esta guía sobre multas en Berdier fue elaborada por el equipo editorial de multas.ar a partir de fuentes públicas y normativa vigente en Buenos Aires. Última actualización: .
Coordenadas (centroide): -34.3979, -60.2596 — ver en mapa