Departamento de San Juan

Multas e infracciones en Caucete

Reuní la patente o el documento y comprobá actas, fechas y jurisdicciones de Caucete en las fuentes disponibles.

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Respuesta rápida: consultar multas en Caucete

Una consulta sobre Caucete puede mostrar actas, fuentes sin hallazgos o fuentes no disponibles. Revisá esas diferencias antes de decidir. El importe exigible, los plazos y los canales de pago o descargo se confirman con el organismo indicado en el acta; multas.ar organiza la información disponible.

Última revisión editorial: .

Dónde se tramitan las multas en Caucete

En Caucete, una notificación puede remitir a una autoridad municipal, provincial o de otra jurisdicción. El organismo indicado en el acta define dónde consultar el expediente y qué trámite corresponde.

Organismo de faltas documentado en Caucete. Verificá que sea el emisor de tu acta antes de continuar:

Juzgado de Faltas Municipal de la Ciudad de Caucete

Dirección: Juan Jufré 253 sur, Caucete

Verificado el — fuente oficial

Cuánto cuesta una multa en Caucete

Si la norma de San Juan utiliza UF, verificá la definición de esa unidad y su valor en la fecha aplicable. Una escala orientativa no reemplaza el importe del acta. El valor vigente de la UF en San Juan es de $1.435 (Ley 6684 (adhesión a Ley 24.449); nota oficial), vigencia Vigentes desde el 8 de mayo de 2025.

InfracciónArtículoEscala en UFEquivalente en pesos
Exceso de velocidad sobre el máximo permitidoart. 104150–1.000 UF$215.250 – $1.435.000
Estacionar o detenerse en lugar prohibidoart. 94100–300 UF$143.500 – $430.500
Estacionar en rampa o lugar reservado a personas con discapacidadart. 10250–100 UF$71.750 – $143.500
Cruzar el semáforo en rojoart. 57150–500 UF$215.250 – $717.500
No respetar la prioridad de paso del peatónart. 40150–500 UF$215.250 – $717.500
Circular sin el cinturón de seguridad colocadoart. 34100–300 UF$143.500 – $430.500
Trasladar menores sin el sistema de retención infantilart. 30150–500 UF$215.250 – $717.500
Conducir un motovehículo sin casco reglamentarioart. 33150–500 UF$215.250 – $717.500
Conducir manipulando el teléfono celularart. 91150–500 UF$215.250 – $717.500
Circular sin la revisión técnica obligatoria vigenteart. 18100–300 UF$143.500 – $430.500
Circular sin cobertura de seguro obligatorio vigenteart. 114100–300 UF$143.500 – $430.500
Conducir con la licencia vencidaart. 4100–300 UF$143.500 – $430.500
Conducir con alcohol en sangre por encima del límiteart. 67 ap. 2200–1.000 UF$287.000 – $1.435.000
Negarse a realizar el test de alcoholemiaart. 115300–1.000 UF$430.500 – $1.435.000
Giro prohibido o giro en U antirreglamentarioart. 53100–300 UF$143.500 – $430.500
Circular a contramanoart. 69200–1.000 UF$287.000 – $1.435.000

Las escalas son las del régimen nacional, Decreto 779/95, Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022), que mostramos como referencia: San Juan puede fijar otras. El art. 120 del Anexo 2 permite a las jurisdicciones adherentes variar los mínimos y máximos dentro de los límites del art. 84 de la Ley 24.449, así que la escala provincial puede diferir.

Ver valor de la UF, vigencia y conversión a pesos

Fuente: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Desde el 28/10/2026 el importe vigente y su historial viven en la base de datos (libro mayor de la UF, administrable sin deploy); este archivo conserva la definición legal, la norma y la fuente oficial de cada jurisdicción. Las escalas en unidades fijas se transcriben de la norma vigente de cada jurisdicción, con el artículo citado en cada fila: Decreto 779/95 Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022) para el régimen nacional, Decreto 532/09 Anexo V para la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 (texto consolidado por Ley 6.764) para la Ciudad de Buenos Aires, Ley 13.169 para Santa Fe Decreto 863/24 MSJ, Anexo, art. 3 (con los Decretos 1773/24, 1009/2026 y 2998/2026) para Entre Ríos y Anexo I del Decreto 2507-MS-2009 (con los Decretos 810-MS-2011 y 11077-MS-2023) para San Luis. Córdoba y Mendoza no fijan la escala por conducta en la ley, así que no publicamos una. En las jurisdicciones sin escala propia verificada se muestra la del régimen nacional, identificada como referencia. Los valores de UF y los plazos de prescripción que mostramos son referenciales y se actualizan periódicamente (última revisión: 30 de octubre de 2026). Antes de pagar o presentar un descargo verificá el monto vigente en el organismo de cobro de Caucete o en la autoridad provincial de San Juan.

Prescripción

Para evaluar una prescripción en Caucete, distinguí la infracción de una sanción firme y verificá las notificaciones y actuaciones relevantes.

La acción para sancionar la falta prescribe a los 2 años si la falta es leve y a los 5 años si es grave, según Ley 6684 — adhesión a la Ley Nacional 24.449; sin plazo propio, rige su art. 89. La sanción ya firme prescribe a los 5 años.

La prescripción se interrumpe por la comisión de una falta grave; la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial. El texto consolidado provincial todavía reproduce el art. 89 en su redacción anterior a 2008 (1 y 2 años); el plazo vigente es el que fijó la Ley 26.363.

Guía completa de prescripción

Resolver una multa en Caucete

Comprobá letras y números antes de consultar Caucete. Si una fuente no responde, no la interpretes como ausencia de infracciones.

  1. Pagar la multa

    Los medios de pago y descuentos para Caucete dependen del organismo y del estado del expediente. Consultá sus condiciones antes de confirmar.

  2. Presentar un descargo

    Reuní el acta y la evidencia que respalde tu planteo sobre Caucete. Una guía o modelo de escrito no garantiza que el organismo lo acepte.

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Preguntas frecuentes sobre multas en Caucete

¿Dónde se tramitan las multas en Caucete?

Las multas municipales de Caucete se tramitan ante Juzgado de Faltas Municipal de la Ciudad de Caucete, Juan Jufré 253 sur, Caucete. Para actas de otros organismos, verificá la autoridad y el canal de la notificación. SINAI sólo reúne información de jurisdicciones adheridas y no garantiza cobertura de todas las rutas.

¿Multas y deuda de patente son lo mismo?

No. Las multas son sanciones por infracciones y la patente es un tributo del vehículo. Se consultan por separado y pueden depender de diferentes organismos.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un descargo?

Confirmá el plazo en la notificación y con el organismo que tramita el acta. No existe un único plazo nacional que pueda aplicarse a todas las multas municipales y provinciales.

¿La consulta garantiza que puedo transferir un vehículo?

No. Las infracciones, la deuda tributaria y la situación registral tienen alcances distintos. Confirmá los requisitos del trámite con el Registro Seccional.

¿Cómo consulto multas en Caucete?

Ingresá patente, DNI o CUIT y revisá las fuentes disponibles y el estado de la consulta. Comprobá cada acta con el organismo emisor antes de pagar o reclamar.

¿Puedo conocer al titular buscando multas por patente?

La consulta de infracciones no identifica por sí sola al titular. El reporte de datos del vehículo y sus titulares es otra herramienta y tampoco reemplaza el informe registral oficial.

¿Dónde veo el valor de una multa de Caucete?

El monto vigente lo informa la boleta o el expediente oficial. Si se utiliza UF, comprobá la definición y el valor aplicables a esa jurisdicción y fecha.

Fuentes y metodología

Esta guía sobre multas en Caucete fue elaborada por el equipo editorial de multas.ar a partir de fuentes públicas y normativa vigente en San Juan. Última actualización: .

  • Valores de UF: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Desde el 28/10/2026 el importe vigente y su historial viven en la base de datos (libro mayor de la UF, administrable sin deploy); este archivo conserva la definición legal, la norma y la fuente oficial de cada jurisdicción.
  • Escalas en UF — Régimen nacional: Decreto 779/95, Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022)
  • Prescripción: Relevamiento de multas.ar sobre el texto oficial vigente de cada norma: se cita la ley provincial que rige la prescripción de las faltas de tránsito, el artículo que fija el plazo y las causales de interrupción que ese texto enumera. Cuando la provincia adhirió a la Ley Nacional 24.449 sin dictar un régimen propio, el plazo es el de su art. 89 (texto según Ley 26.363). Los plazos se interrumpen por actos administrativos o judiciales: verificá el expediente en cada caso. Última revisión contra fuente primaria: octubre de 2026.
  • Portal provincial: San Juan en multas.ar
  • Datos territoriales: IGN — Servicio Georef

Coordenadas (centroide): -31.5069, -67.5454 — ver en mapa