Localidad de Buenos Aires

Multas e infracciones en General Rivas

Consultá las infracciones informadas para General Rivas y revisá qué organismos respondieron antes de interpretar el resultado.

Consultá multas en General Rivas por patente, DNI o CUIT

Consultar multas en General Rivas

Respuesta rápida: consultar multas en General Rivas

Para consultar multas de General Rivas, ingresá la patente, el DNI o el CUIT y revisá las fuentes que respondieron. Compará cada acta con la notificación y continuá en el organismo emisor para pagos o descargos. Un resultado sin hallazgos no equivale a un libre deuda.

Última revisión editorial: .

Dónde se tramita una multa de General Rivas

Para revisar una infracción de General Rivas, comenzá por la patente o el documento que figura en el acta. La consulta puede reunir respuestas de distintas fuentes; verificá su estado y la fecha antes de continuar.

El organismo que tramita un acta de General Rivas debe identificarse en la notificación. La ubicación geográfica por sí sola no determina dónde pagar o presentar un descargo.

General Rivas pertenece al partido de Suipacha, en Buenos Aires. Su organismo de faltas de referencia es Juzgado de Faltas de Suipacha. El SINAI informa infracciones de las jurisdicciones adheridas. Para saber dónde continuar el trámite, identificá el organismo emisor de cada acta.

Juzgado de Faltas de Suipacha

Verificado el — fuente oficial

Cuánto cuesta una multa en General Rivas

El importe de una multa de General Rivas depende de la norma, la conducta y el estado del expediente. La boleta vigente del organismo es la referencia para pagar. El valor vigente de la UF en Buenos Aires es de $2.281 (Ley 13.927 PBA — valor fijado por Resolución RS-2026-30737950-GDEBA-SSPYSVMTRAGP).

InfracciónArtículoEscala en UFEquivalente en pesos
Exceso de velocidad sobre el máximo permitidoart. 28150–1.000 UF$342.150 – $2.281.000
Estacionar o detenerse en lugar prohibidoart. 2750–100 UF$114.050 – $228.100
Estacionar en rampa o lugar reservado a personas con discapacidadart. 2750–100 UF$114.050 – $228.100
Cruzar el semáforo en rojoart. 22 inc. a)300–1.000 UF$684.300 – $2.281.000
No respetar la prioridad de paso del peatónart. 1950–100 UF$114.050 – $228.100

Escalas según Decreto 532/09, Anexo V — Régimen general de contravenciones y sanciones en jurisdicción provincial (reglamenta la Ley 13.927).

Ver tabla completa en Suipacha

Fuente: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Las escalas en unidades fijas se transcriben de la norma vigente de cada jurisdicción, con el artículo citado en cada fila: Decreto 779/95 Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022) para el régimen nacional, Decreto 532/09 Anexo V para la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 (texto consolidado por Ley 6.764) para la Ciudad de Buenos Aires y Ley 13.169 para Santa Fe. Córdoba y Mendoza no fijan la escala por conducta en la ley, así que no publicamos una. En las jurisdicciones sin escala propia verificada se muestra la del régimen nacional, identificada como referencia. Los valores de UF y los plazos de prescripción que mostramos son referenciales y se actualizan periódicamente (última revisión: 22 de septiembre de 2026). Antes de pagar o presentar un descargo verificá el monto vigente en el organismo de cobro de Suipacha o en la autoridad provincial de Buenos Aires.

Prescripción

La antigüedad de una multa de General Rivas no permite decidir por sí sola si prescribió. Hay que identificar la norma aplicable y revisar el expediente.

La acción para sancionar la falta prescribe a los 2 años si la falta es leve y a los 5 años si es grave, según Ley 13.927, art. 1 — adhiere a las Leyes Nacionales 24.449 y 26.363; la ley provincial no fija plazo propio, así que rige el art. 89 de la Ley 24.449: 2 años para la acción por falta leve y 5 para la falta grave y las sanciones. La sanción ya firme prescribe a los 5 años.

La prescripción se interrumpe por la comisión de una falta grave; la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.

Guía completa de prescripción

Resolver una multa en General Rivas

Ingresá patente, DNI o CUIT según la consulta que necesitás. Revisá identificador, acta y organismo de cada resultado de General Rivas.

  1. Pagar la multa

    Para pagar una multa de General Rivas, entrá al canal del organismo que figura en el acta y usá una boleta vigente. Guardá el comprobante y verificá su imputación.

  2. Presentar un descargo

    Para presentar un descargo por una multa de General Rivas, revisá la citación y confirmá plazo, documentación y canal ante la autoridad indicada.

Generar un descargo

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Otras localidades de Suipacha

Estas localidades pertenecen al mismo ámbito territorial de Suipacha; cada acta conserva su propio organismo emisor.

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Estas guías de lugares cercanos a General Rivas permiten ampliar una consulta; verificá siempre la jurisdicción del acta.

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Preguntas frecuentes sobre multas en General Rivas

¿Dónde se tramita una multa de General Rivas?

Para actas municipales de General Rivas, consultá los canales de Suipacha y verificá el organismo indicado en la notificación. La referencia administrativa está en Suipacha, a unos 19 km. Para actas municipales, la referencia es Juzgado de Faltas de Suipacha. SINAI reúne información de jurisdicciones adheridas; no garantiza incluir todas las actas ni reemplaza al organismo emisor. El nombre de la ruta no determina por sí solo dónde tramitar la infracción.

¿Cómo consulto multas en General Rivas?

Ingresá patente, DNI o CUIT y revisá las fuentes disponibles y el estado de la consulta. Comprobá cada acta con el organismo emisor antes de pagar o reclamar.

¿Dónde pago una multa de General Rivas?

Usá el canal que informa el organismo emisor y una boleta vigente. Los medios de pago y descuentos dependen de esa autoridad y del estado del expediente.

¿Un resultado vacío acredita libre deuda en General Rivas?

No. Sólo indica que las fuentes que respondieron no devolvieron hallazgos para ese identificador. Una constancia oficial debe solicitarse al organismo competente.

¿La consulta garantiza que puedo transferir un vehículo?

No. Las infracciones, la deuda tributaria y la situación registral tienen alcances distintos. Confirmá los requisitos del trámite con el Registro Seccional.

¿Multas y deuda de patente son lo mismo?

No. Las multas son sanciones por infracciones y la patente es un tributo del vehículo. Se consultan por separado y pueden depender de diferentes organismos.

¿Qué hago si una fuente no respondió?

Ese estado es distinto de una respuesta sin hallazgos. Volvé a consultar cuando esté disponible o verificá la notificación directamente con el organismo.

Fuentes y metodología

Esta guía sobre multas en General Rivas fue elaborada por el equipo editorial de multas.ar a partir de fuentes públicas y normativa vigente en Buenos Aires. Última actualización: .

  • Valores de UF: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago.
  • Escalas en UF — Provincia de Buenos Aires: Decreto 532/09, Anexo V — Régimen general de contravenciones y sanciones en jurisdicción provincial (reglamenta la Ley 13.927)
  • Prescripción: Relevamiento de multas.ar sobre el texto oficial vigente de cada norma: se cita la ley provincial que rige la prescripción de las faltas de tránsito, el artículo que fija el plazo y las causales de interrupción que ese texto enumera. Cuando la provincia adhirió a la Ley Nacional 24.449 sin dictar un régimen propio, el plazo es el de su art. 89 (texto según Ley 26.363). Los plazos se interrumpen por actos administrativos o judiciales: verificá el expediente en cada caso. Última revisión contra fuente primaria: septiembre de 2026.
  • Portal provincial: Buenos Aires en multas.ar
  • Datos territoriales: IGN — Servicio Georef

Coordenadas (centroide): -34.6084, -59.7502 — ver en mapa