Moratoria de multas en la ciudad de Santa Fe: descuento, plazo y cómo adherir

La ciudad de Santa Fe abre una moratoria de 60 días desde el 2 de noviembre de 2026 para multas de tránsito y SEOM: 50% del mínimo al contado u 80% en cuotas. Qué entra y cómo adherir.

Foto de Santiago GarcíaSantiago GarcíaAutor en multas.ar
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Escritorio de madera en una oficina municipal con una carpeta de cartón, hojas en blanco y una lapicera junto a una ventana.
Escritorio de madera en una oficina municipal con una carpeta de cartón, hojas en blanco y una lapicera junto a una ventana.Ilustración generada con IA. No documenta el hecho relatado.

La ciudad de Santa Fe abre desde el lunes 2 de noviembre de 2026 una moratoria de 60 días para multas de tránsito y del SEOM cometidas hasta el 31 de julio de 2026 y todavía sin sentencia. Al contado pagás el 50% del mínimo de la multa. Con convenio pagás el 80% del mínimo, hasta en seis cuotas, con 2% de interés mensual. El Concejo Municipal aprobó la ordenanza el 15 de octubre de 2026. La fecha de inicio la informó la Municipalidad y la publicaron medios locales.

Qué multas entran y cuáles no

Entran las infracciones de tránsito y las vinculadas al estacionamiento medido (SEOM) cometidas hasta el 31 de julio de 2026, siempre que estén pendientes de sentencia en la Justicia Administrativa de Faltas.

Quedan afuera:

  • Conducir con alteración psíquica, ebriedad o bajo efectos de tóxicos o estupefacientes.
  • Negarse a hacer los tests de control.
  • Correr carreras en la vía pública.
  • Las actas que ya tienen sentencia o están en ejecución.
  • Las infracciones posteriores al 31 de julio de 2026.

Si tu acta es por alcohol, seguís con el régimen común: lo explica multa por alcoholemia en Santa Fe.

Cuánto pagás con cada modalidad

Modalidad Qué pagás Dónde se hace
Contado 50% del mínimo en UF App Santa Fe, sitio municipal o presencial con turno
Convenio 80% del mínimo, hasta 6 cuotas, 2% mensual Presencial, Justicia Administrativa de Faltas, San Luis 3078

Según el ejemplo difundido por el Municipio, circular en moto sin casco tiene un mínimo de 50 UF, equivalente a $107.550, lo que da $2.151 por UF. Al contado quedan $53.775. Con convenio, el 80% son $86.040 antes de intereses: esa cuenta es nuestra y el total final lo fija la liquidación. El importe depende del valor de la UF vigente al pagar y puede cambiar.

Cómo adherir paso a paso

  1. Buscá tus actas en el Tribunal Web de la Municipalidad, en «Buscar Actas». Elegí «Personal» con tu DNI si es por la licencia, o «Vehículo» con el dominio si es por una venta o transferencia.
  2. Confirmá que cada acta sea hasta el 31/7/2026 y que no tenga sentencia.
  3. Elegí contado o convenio.
  4. Para contado, entrá a la App Santa Fe o al sitio municipal, o sacá turno para la Justicia Administrativa de Faltas.
  5. Para convenio, andá personalmente a San Luis 3078.
  6. Guardá el comprobante o el convenio firmado.

Adherir tiene un costo que no se ve en la tabla: hay que reconocer expresamente las faltas. Si pensás discutir un acta porque el vehículo no era tuyo o porque hay un error, revisalo antes de firmar.

Con qué medios se paga y qué pasa si dejás una cuota

Se puede pagar con débito, crédito o Mercado Pago. Sigue vigente el pago de multas en cuotas sin interés con tarjetas de crédito de Nuevo Banco de Santa Fe y Banco Bica, por app, web o cajas. Con Credicoop, sólo en cajas municipales.

Las cajas informadas son Justicia Administrativa de Faltas (San Luis 3078), Palacio Municipal (Salta 2951), Cementerio Municipal (Blas Parera 5200), Estación Belgrano (bulevar Gálvez 1150) y Corralón Municipal (av. Presidente Perón 3801).

Las cuotas del convenio se pueden pagar con débito automático por CBU o en forma presencial en el Tribunal. El convenio queda firme cuando reconocés la falta y pagás la primera cuota, y eso suspende la ejecución de la multa. Si incumplís cualquier pago, caduca solo y perdés la reducción.

Hasta cuándo dura y qué falta confirmar

La Municipalidad informó una vigencia de 60 días desde el 2 de noviembre de 2026. En octubre, los medios locales decían que el plazo correría desde la publicación de la ordenanza en el Boletín Electrónico Municipal. Al 1 de noviembre no encontramos esa publicación, el número de ordenanza ni una fecha oficial de cierre, y tampoco vimos aclarado si son días corridos o hábiles.

Según lo difundido sobre la ordenanza, el plazo se podría extender otros 30 días, pero no vimos ninguna prórroga dispuesta: no cuentes con ella.

Tampoco es una moratoria general. Alcanza a las actas de la Justicia Administrativa de Faltas de la ciudad, no a las de Rosario, otros municipios u organismos provinciales. Por eso conviene mirar qué cubre cada consulta en Santa Fe y, si necesitás un certificado provincial para tu licencia o tu vehículo, el libre multa de la APSV.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo dura la moratoria de multas en Santa Fe?

Dura 60 días desde el lunes 2 de noviembre de 2026, según informó la Municipalidad. Al 1 de noviembre no encontramos una fecha de cierre publicada en una fuente oficial, así que no conviene dejar el trámite para los últimos días.

¿La moratoria incluye las multas por alcoholemia?

No. Quedan afuera la conducción con alcohol o bajo efectos de tóxicos o estupefacientes, la negativa a hacer los tests y las carreras en la vía pública. Tampoco entran las actas con sentencia o en ejecución.

¿Cómo sé si tengo multas en la ciudad de Santa Fe?

En el Tribunal Web de la Municipalidad, sección «Buscar Actas». Podés buscar por «Personal» con tu DNI, pensado para el trámite de la licencia, o por «Vehículo» con el dominio, pensado para una venta o transferencia.

¿Qué pasa si no pago una cuota del convenio?

Según lo informado por el Municipio, el incumplimiento de cualquier pago provoca la caducidad automática del convenio y la pérdida del beneficio de reducción. El convenio queda firme con el reconocimiento de la falta y la primera cuota.

Dónde consultar

Fuentes consultadas 8 referencias
  1. El Concejo sancionó una moratoria para regularizar multas de tránsito y Seom (abre en una pestaña nueva) — Concejo Municipal de Santa FeConsultada el
  2. Liquidación de multas web: búsqueda de actas por DNI o dominio (abre en una pestaña nueva) — Municipalidad de Santa FeConsultada el
  3. Multas de tránsito en Santa Fe: a partir del 2 de noviembre se podrá acceder al beneficio del 50% de descuento (28/10/2026) (abre en una pestaña nueva) — Aire de Santa FeConsultada el
  4. Santa Fe: este lunes comienza la moratoria de multas de tránsito y control con descuentos del 50% (1/11/2026) (abre en una pestaña nueva) — Aire de Santa FeConsultada el
  5. Municipalidad de Santa Fe: lanzan moratoria para el pago de multas de tránsito y explican cómo adherirse (16/10/2026) (abre en una pestaña nueva) — Mirador ProvincialConsultada el
  6. Moratoria de multas de tránsito: a partir del 2 de noviembre entra en vigencia el régimen (28/10/2026) (abre en una pestaña nueva) — Agencia FeConsultada el
  7. Cómo consultar si tengo multas de tránsito en Santa Fe y qué trámite hacer para pagarlas en cuotas (15/10/2026) (abre en una pestaña nueva) — Aire de Santa FeConsultada el
  8. Multas en Santa Fe: cómo obtener 50% de descuento y cuándo realizar el trámite (16/10/2026) (abre en una pestaña nueva) — Aire de Santa FeConsultada el
Datos y metodología
Alcance de la nota
Explica la moratoria de multas de tránsito y SEOM de la ciudad de Santa Fe: qué entra, cuánto se paga, cómo adherir y qué pasa si se incumple. No alcanza a Rosario, otros municipios ni organismos provinciales.
Unidad de análisis
Un acta de infracción de la Justicia Administrativa de Faltas de la ciudad de Santa Fe, expresada en unidades fijas (UF).
Cobertura
Comunicado del Concejo Municipal del 15 de octubre de 2026, medios locales fechados entre el 15 de octubre y el 1 de noviembre de 2026 y Tribunal Web municipal, leídos el 1 de noviembre de 2026.

Limitaciones

  • No se encontró el texto de la ordenanza, su número ni su publicación en el Boletín Electrónico Municipal.
  • La fecha de inicio, los canales y los medios de pago surgen de información municipal publicada por medios locales, no de una página oficial del Municipio. En octubre, esos medios decían que los 60 días correrían desde la publicación en el Boletín Electrónico Municipal.
  • No se aclara si los 60 días son corridos o hábiles.
  • El importe en pesos depende de la UF municipal vigente al pagar. El valor de $2.151 surge del ejemplo difundido en octubre de 2026.
  • La cuenta del convenio no incluye intereses: no se verificó el método de cálculo de cada cuota.

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