Departamento de San Juan
Multas e infracciones en Chimbas
Si Chimbas te dejó una multa de souvenir, acá la resolvés: consulta, pago y descargo en el mismo sitio.
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Consultar multas en ChimbasRespuesta rápida: consultar multas en Chimbas
El pago de una multa de Chimbas se acredita contra el número de acta: hacelo online para tener comprobante inmediato o generá el cupón y pagalo en efectivo. Después verificá en la misma consulta que figure cancelada; si a los días sigue pendiente, reclamá con el comprobante.
Última revisión editorial: .
Dónde se tramitan las multas en Chimbas
Nadie lee el código de faltas completo, y no hace falta: para resolver una multa de Chimbas alcanza con entender cuatro cosas —origen, monto, plazo y vía de reclamo— y las cuatro están en esta página.
Preferimos un hueco antes que un dato inventado: no hay información oficial en línea del juzgado correspondiente a Chimbas. Consultá a la administración de Chimbas —mesa de entradas o teléfono oficial— o a la autoridad de tránsito provincial.
Cuánto cuesta una multa en Chimbas
El monto de cada infracción en Chimbas surge de multiplicar la cantidad de UF por el valor vigente publicado por San Juan. Las multas en San Juan se expresan en Unidades Fijas (Ley provincial 6684 — adhesión a la Ley Nacional 24.449). La provincia adhiere al régimen de la Ley Nacional 24.449, cuyo artículo 84 define la UF como el menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. Al variar con el combustible, no tiene un valor fijo publicado que podamos sostener entre actualizaciones. La norma provincial puede fijar una definición propia: no la verificamos para esta jurisdicción.
| Infracción | Artículo | Escala en UF |
|---|---|---|
| Exceso de velocidad sobre el máximo permitido | art. 104 | 150–1.000 UF |
| Estacionar o detenerse en lugar prohibido | art. 94 | 100–300 UF |
| Estacionar en rampa o lugar reservado a personas con discapacidad | art. 102 | 50–100 UF |
| Cruzar el semáforo en rojo | art. 57 | 150–500 UF |
| No respetar la prioridad de paso del peatón | art. 40 | 150–500 UF |
| Circular sin el cinturón de seguridad colocado | art. 34 | 100–300 UF |
| Trasladar menores sin el sistema de retención infantil | art. 30 | 150–500 UF |
| Conducir un motovehículo sin casco reglamentario | art. 33 | 150–500 UF |
| Conducir manipulando el teléfono celular | art. 91 | 150–500 UF |
| Circular sin la revisión técnica obligatoria vigente | art. 18 | 100–300 UF |
| Circular sin cobertura de seguro obligatorio vigente | art. 114 | 100–300 UF |
| Conducir con la licencia vencida | art. 4 | 100–300 UF |
| Conducir con alcohol en sangre por encima del límite | art. 67 ap. 2 | 200–1.000 UF |
| Negarse a realizar el test de alcoholemia | art. 115 | 300–1.000 UF |
| Giro prohibido o giro en U antirreglamentario | art. 53 | 100–300 UF |
| Circular a contramano | art. 69 | 200–1.000 UF |
Las escalas son las del régimen nacional, Decreto 779/95, Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022), que mostramos como referencia: San Juan puede fijar otras. El art. 120 del Anexo 2 permite a las jurisdicciones adherentes variar los mínimos y máximos dentro de los límites del art. 84 de la Ley 24.449, así que la escala provincial puede diferir.
Fuente: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Las escalas en unidades fijas se transcriben de la norma vigente de cada jurisdicción, con el artículo citado en cada fila: Decreto 779/95 Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022) para el régimen nacional, Decreto 532/09 Anexo V para la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 (texto consolidado por Ley 6.764) para la Ciudad de Buenos Aires y Ley 13.169 para Santa Fe. Córdoba y Mendoza no fijan la escala por conducta en la ley, así que no publicamos una. En las jurisdicciones sin escala propia verificada se muestra la del régimen nacional, identificada como referencia. Los valores de UF y los plazos de prescripción que mostramos son referenciales y se actualizan periódicamente (última revisión: 22 de septiembre de 2026). Antes de pagar o presentar un descargo verificá el monto vigente en el organismo de cobro de Chimbas o en la autoridad provincial de San Juan.
Prescripción
Conocer el plazo de prescripción es clave: en Chimbas la legislación de San Juan establece los términos para que una multa caduque.
La acción para sancionar la falta prescribe a los 2 años si la falta es leve y a los 5 años si es grave, según Ley 6684 — adhesión a la Ley Nacional 24.449; sin plazo propio, rige su art. 89. La sanción ya firme prescribe a los 5 años.
La prescripción se interrumpe por la comisión de una falta grave; la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial. El texto consolidado provincial todavía reproduce el art. 89 en su redacción anterior a 2008 (1 y 2 años); el plazo vigente es el que fijó la Ley 26.363.
Resolver una multa en Chimbas
El resultado indica el estado de cada multa —pendiente, vencida o en gestión—, un dato que cambia por completo qué te conviene hacer después.
Pagar la multa
Las multas de Chimbas se abonan en pesos argentinos. Aceptamos varios medios de pago para que elijas el que más te convenga.
Presentar un descargo
Apelar una multa en Chimbas requiere presentar el reclamo formal en tiempo y forma. Te explicamos los pasos y dónde hacerlo.
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Otros departamentos de San Juan
Alrededor de Chimbas hay otras jurisdicciones con sistemas de faltas propios. Si circulás por la región, estas páginas completan el panorama.
Notas relacionadas
Preguntas frecuentes sobre multas en Chimbas
Me llegó recién ahora una multa de Chimbas de hace más de un año, ¿es válida?
Puede serlo: la demora en notificar no anula el acta por sí sola, aunque en algunos regímenes los plazos para notificar también cuentan. Verificá las fechas y, si son incoherentes, planteálo en el descargo.
Si pago una multa de Chimbas, ¿puedo apelarla después?
No. Pagar implica reconocer la infracción. En Chimbas, una vez abonada la multa, la vía de descargo queda cerrada.
¿Hay un tope para los intereses de las multas de Chimbas?
Depende de cómo lo regule San Juan. En Chimbas, conviene pedir el detalle del cálculo cuando el monto actualizado se aleja mucho del original.
¿Qué pasa con las multas de Chimbas si el titular falleció?
La deuda sigue asociada al dominio y aparece en la sucesión o en la transferencia del vehículo. Los herederos pueden regularizarla con los datos del acta; conviene resolverla antes de disponer del rodado.
Si nunca me notificaron una multa de Chimbas, ¿el plazo corrió igual?
La notificación válida es el punto de arranque habitual de varios plazos. Si nunca existió, es un argumento a tu favor, pero necesitás plantearlo formalmente: el sistema no lo detecta solo.
¿La prescripción de una multa de Chimbas corre mientras hago el descargo?
El trámite del descargo implica actividad administrativa, y esa actividad en general incide sobre los plazos. No conviene apostar a que el expediente prescriba mientras se discute.
Fuentes y metodología
Esta guía sobre multas en Chimbas fue elaborada por el equipo editorial de multas.ar a partir de fuentes públicas y normativa vigente en San Juan. Última actualización: .
- Valores de UF: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago.
- Escalas en UF — Régimen nacional: Decreto 779/95, Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022)
- Prescripción: Relevamiento de multas.ar sobre el texto oficial vigente de cada norma: se cita la ley provincial que rige la prescripción de las faltas de tránsito, el artículo que fija el plazo y las causales de interrupción que ese texto enumera. Cuando la provincia adhirió a la Ley Nacional 24.449 sin dictar un régimen propio, el plazo es el de su art. 89 (texto según Ley 26.363). Los plazos se interrumpen por actos administrativos o judiciales: verificá el expediente en cada caso. Última revisión contra fuente primaria: septiembre de 2026.
- Portal provincial: San Juan en multas.ar
- Datos territoriales: IGN — Servicio Georef
Coordenadas (centroide): -31.4874, -68.5239 — ver en mapa