Las actas labradas en Punilla entran a un padrón que se consulta por patente o DNI. El resultado diferencia deuda vigente de actas en gestión, y desde ahí se paga o se genera el cupón. Si algo no cierra —monto, fecha, vehículo—, el paso siguiente es el reclamo, no el pago.
Última revisión editorial: .
Dónde se tramitan las multas en Punilla
Si tu vehículo está radicado en Córdoba, las multas de Punilla aparecen también en los chequeos previos a la VTV. Por eso conviene tenerlas al día.
Estos son los datos del organismo de faltas que atiende los trámites presenciales de Punilla:
Juzgado de Faltas — Municipalidad de Cosquín
Dirección: Centro de Congresos y Convenciones – calle Tucumán 1031
En muchas escalas provinciales, la UF se ata al precio del combustible u otro índice público: por eso los montos de Punilla se mueven sin que cambie la ley. El valor vigente de la UF en Córdoba es de $2.109 (Ley provincial 8560 — valor fijado por resolución de la Dirección de Tránsito y publicado por Rentas Córdoba).
Infracción
Artículo
Escala en UF
Equivalente en pesos
Exceso de velocidad sobre el máximo permitido
art. 104
150–1.000 UF
$316.350 – $2.109.000
Estacionar o detenerse en lugar prohibido
art. 94
100–300 UF
$210.900 – $632.700
Estacionar en rampa o lugar reservado a personas con discapacidad
art. 102
50–100 UF
$105.450 – $210.900
Cruzar el semáforo en rojo
art. 57
150–500 UF
$316.350 – $1.054.500
No respetar la prioridad de paso del peatón
art. 40
150–500 UF
$316.350 – $1.054.500
Circular sin el cinturón de seguridad colocado
art. 34
100–300 UF
$210.900 – $632.700
Trasladar menores sin el sistema de retención infantil
art. 30
150–500 UF
$316.350 – $1.054.500
Conducir un motovehículo sin casco reglamentario
art. 33
150–500 UF
$316.350 – $1.054.500
Conducir manipulando el teléfono celular
art. 91
150–500 UF
$316.350 – $1.054.500
Circular sin la revisión técnica obligatoria vigente
art. 18
100–300 UF
$210.900 – $632.700
Circular sin cobertura de seguro obligatorio vigente
art. 114
100–300 UF
$210.900 – $632.700
Conducir con la licencia vencida
art. 4
100–300 UF
$210.900 – $632.700
Conducir con alcohol en sangre por encima del límite
art. 67 ap. 2
200–1.000 UF
$421.800 – $2.109.000
Negarse a realizar el test de alcoholemia
art. 115
300–1.000 UF
$632.700 – $2.109.000
Giro prohibido o giro en U antirreglamentario
art. 53
100–300 UF
$210.900 – $632.700
Circular a contramano
art. 69
200–1.000 UF
$421.800 – $2.109.000
Las escalas son las del régimen nacional, Decreto 779/95, Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022), que mostramos como referencia: Córdoba puede fijar otras. La ley no fija una escala en UF por conducta: clasifica las faltas en leves, graves y muy graves (art. 115) y delega en la Autoridad de Aplicación la tipificación y la graduación de las sanciones mediante el Codificador de Infracciones (art. 115 inc. 7). No publicamos escalas por conducta porque el codificador no tiene un texto oficial consultable y estable.
Fuente: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Las escalas en unidades fijas se transcriben de la norma vigente de cada jurisdicción, con el artículo citado en cada fila: Decreto 779/95 Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022) para el régimen nacional, Decreto 532/09 Anexo V para la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 (texto consolidado por Ley 6.764) para la Ciudad de Buenos Aires y Ley 13.169 para Santa Fe. Córdoba y Mendoza no fijan la escala por conducta en la ley, así que no publicamos una. En las jurisdicciones sin escala propia verificada se muestra la del régimen nacional, identificada como referencia. Los valores de UF y los plazos de prescripción que mostramos son referenciales y se actualizan periódicamente (última revisión: 22 de septiembre de 2026). Antes de pagar o presentar un descargo verificá el monto vigente en el organismo de cobro de Punilla o en la autoridad provincial de Córdoba.
Prescripción
Los planes de pago tienen un efecto lateral: la cuota inicial suele interpretarse como reconocimiento de la deuda, y eso puede reiniciar los plazos de un acta de Punilla.
La acción para sancionar la falta prescribe a los 3 años, según Ley 8560 (t.o. 2004 por Ley 9169), art. 123 — Ley Provincial de Tránsito: la acción para aplicar penas por infracciones leves, graves o muy graves prescribe a los 3 años desde el día siguiente al hecho; el art. 123 bis da 2 años para promover la acción judicial de cobro desde que la resolución queda firme. La sanción ya firme prescribe a los 2 años.
La Ley 8560 no enumera causales de interrupción; su art. 125 declara de aplicación supletoria la parte general del Código Penal.
La consulta muestra las actas de Punilla junto con las del resto de Córdoba: no hace falta repetir la búsqueda localidad por localidad.
Pagar la multa
Cuando hay varias multas, empezá por las que están por perder el beneficio de pago voluntario: es el orden que más plata ahorra en Punilla.
Presentar un descargo
Una urgencia médica documentada, una señal tapada o un desvío mal indicado son defensas atendibles; el punto es siempre el mismo: probarlo, no solo contarlo, ante el juzgado que atiende a Punilla.
Las multas municipales de Punilla se tramitan ante Juzgado de Faltas — Municipalidad de Cosquín, Centro de Congresos y Convenciones – calle Tucumán 1031. Atiende lunes a viernes de 7:30 a 13:30. Teléfono: 3541-450259 (solo llamadas) / WhatsApp 3541-617989. Las actas labradas en rutas provinciales o nacionales se consultan por patente en el sistema SINAI de la ANSV.
¿Con qué frecuencia conviene revisar multas en Punilla?
Una vez cada tres o cuatro meses suele ser suficiente. Algunas notificaciones de Punilla llegan con bastante demora al domicilio del titular.
¿La prescripción me devuelve los puntos que perdí por una multa de Punilla?
No: el scoring de la licencia sigue su propio régimen de recuperación, por tiempo o por cursos. La prescripción se limita a la deuda económica del acta.
¿Puedo pagar en cuotas las multas de Punilla?
Depende del medio de pago. Algunas tarjetas habilitan cuotas; en Punilla, el municipio puede ofrecer planes especiales en momentos puntuales.
¿Qué pasa con las multas de Punilla si el titular falleció?
La deuda sigue asociada al dominio y aparece en la sucesión o en la transferencia del vehículo. Los herederos pueden regularizarla con los datos del acta; conviene resolverla antes de disponer del rodado.
Vivo en Punilla pero la multa me la hicieron en otra provincia, ¿la veo en esta consulta?
No: cada provincia administra su padrón. Acá ves lo asociado a Córdoba; la multa hecha en otra jurisdicción se consulta en el sistema de esa jurisdicción, aunque vivas en Punilla.
El cupón de pago de Punilla venció, ¿sirve igual?
No: los cupones tienen fecha límite y monto calculado a ese día. Generá uno nuevo desde la consulta; el importe puede variar si la UF o los intereses se actualizaron.
Fuentes y metodología
Esta guía sobre multas en Punilla fue elaborada por el equipo editorial de multas.ar a partir de fuentes públicas y normativa vigente en Córdoba. Última actualización: .
Valores de UF: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago.
Prescripción: Relevamiento de multas.ar sobre el texto oficial vigente de cada norma: se cita la ley provincial que rige la prescripción de las faltas de tránsito, el artículo que fija el plazo y las causales de interrupción que ese texto enumera. Cuando la provincia adhirió a la Ley Nacional 24.449 sin dictar un régimen propio, el plazo es el de su art. 89 (texto según Ley 26.363). Los plazos se interrumpen por actos administrativos o judiciales: verificá el expediente en cada caso. Última revisión contra fuente primaria: septiembre de 2026.