Departamento de San Juan
Multas e infracciones en Jáchal
Más de 2.500 localidades, una sola lógica: en Jáchal también podés consultar y pagar online.
Ingresá la patente, el DNI o el CUIT en el buscador seguro.
Consultar multas en JáchalRespuesta rápida: consultar multas en Jáchal
Regularizar una multa de Jáchal admite varios caminos: pago total online, cupón en efectivo por una boca de cobranza o plan de cuotas cuando está disponible. El orden de conveniencia lo marca el vencimiento: antes del plazo voluntario se paga menos, después empiezan los recargos.
Última revisión editorial: .
Dónde se tramitan las multas en Jáchal
Esta página se actualiza cuando San Juan publica una nueva UF o cambia algún artículo del código de faltas que afecta a Jáchal.
Sobre el juzgado de faltas de Jáchal no podemos ofrecerte dirección ni horario: el municipio no los publica en línea. Sí podemos decirte cómo averiguarlos: la notificación del acta, el conmutador de Jáchal o el organismo provincial.
Cuánto cuesta una multa en Jáchal
Los valores de las multas en Jáchal se expresan en Unidades Fijas (UF) según la normativa de San Juan. La tabla siguiente muestra el monto vigente. Las multas en San Juan se expresan en Unidades Fijas (Ley provincial 6684 — adhesión a la Ley Nacional 24.449). La provincia adhiere al régimen de la Ley Nacional 24.449, cuyo artículo 84 define la UF como el menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. Al variar con el combustible, no tiene un valor fijo publicado que podamos sostener entre actualizaciones. La norma provincial puede fijar una definición propia: no la verificamos para esta jurisdicción.
| Infracción | Artículo | Escala en UF |
|---|---|---|
| Exceso de velocidad sobre el máximo permitido | art. 104 | 150–1.000 UF |
| Estacionar o detenerse en lugar prohibido | art. 94 | 100–300 UF |
| Estacionar en rampa o lugar reservado a personas con discapacidad | art. 102 | 50–100 UF |
| Cruzar el semáforo en rojo | art. 57 | 150–500 UF |
| No respetar la prioridad de paso del peatón | art. 40 | 150–500 UF |
| Circular sin el cinturón de seguridad colocado | art. 34 | 100–300 UF |
| Trasladar menores sin el sistema de retención infantil | art. 30 | 150–500 UF |
| Conducir un motovehículo sin casco reglamentario | art. 33 | 150–500 UF |
| Conducir manipulando el teléfono celular | art. 91 | 150–500 UF |
| Circular sin la revisión técnica obligatoria vigente | art. 18 | 100–300 UF |
| Circular sin cobertura de seguro obligatorio vigente | art. 114 | 100–300 UF |
| Conducir con la licencia vencida | art. 4 | 100–300 UF |
| Conducir con alcohol en sangre por encima del límite | art. 67 ap. 2 | 200–1.000 UF |
| Negarse a realizar el test de alcoholemia | art. 115 | 300–1.000 UF |
| Giro prohibido o giro en U antirreglamentario | art. 53 | 100–300 UF |
| Circular a contramano | art. 69 | 200–1.000 UF |
Las escalas son las del régimen nacional, Decreto 779/95, Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022), que mostramos como referencia: San Juan puede fijar otras. El art. 120 del Anexo 2 permite a las jurisdicciones adherentes variar los mínimos y máximos dentro de los límites del art. 84 de la Ley 24.449, así que la escala provincial puede diferir.
Fuente: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago. Las escalas en unidades fijas se transcriben de la norma vigente de cada jurisdicción, con el artículo citado en cada fila: Decreto 779/95 Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022) para el régimen nacional, Decreto 532/09 Anexo V para la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 (texto consolidado por Ley 6.764) para la Ciudad de Buenos Aires y Ley 13.169 para Santa Fe. Córdoba y Mendoza no fijan la escala por conducta en la ley, así que no publicamos una. En las jurisdicciones sin escala propia verificada se muestra la del régimen nacional, identificada como referencia. Los valores de UF y los plazos de prescripción que mostramos son referenciales y se actualizan periódicamente (última revisión: 22 de septiembre de 2026). Antes de pagar o presentar un descargo verificá el monto vigente en el organismo de cobro de Jáchal o en la autoridad provincial de San Juan.
Prescripción
El plazo de prescripción de las multas en Jáchal se rige por la normativa de San Juan. Una vez vencido el plazo, la deuda no puede reclamarse.
La acción para sancionar la falta prescribe a los 2 años si la falta es leve y a los 5 años si es grave, según Ley 6684 — adhesión a la Ley Nacional 24.449; sin plazo propio, rige su art. 89. La sanción ya firme prescribe a los 5 años.
La prescripción se interrumpe por la comisión de una falta grave; la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial. El texto consolidado provincial todavía reproduce el art. 89 en su redacción anterior a 2008 (1 y 2 años); el plazo vigente es el que fijó la Ley 26.363.
Resolver una multa en Jáchal
Anotá el número de acta de cada resultado: es el dato que te van a pedir en cualquier trámite posterior sobre esa multa de Jáchal.
Pagar la multa
El pago de multas en Jáchal puede hacerse online, en bocas de cobranza autorizadas o directamente en el municipio. multas.ar te muestra todas las opciones disponibles.
Presentar un descargo
Si querés apelar una multa de Jáchal, tenés que presentar el descargo ante el Juzgado de Faltas correspondiente dentro del plazo legal.
Cerca de Jáchal
Localidades de Jáchal
Notas relacionadas
Preguntas frecuentes sobre multas en Jáchal
¿Desde cuándo empieza a correr el plazo de prescripción en Jáchal?
Generalmente desde la notificación válida, no desde la fecha del acta. En Jáchal, ese detalle suele ser determinante para alegar prescripción.
¿Cómo sé si un radar de Jáchal está homologado?
Los cinemómetros deben estar homologados y verificados periódicamente, y esa constancia es información exigible. En un descargo podés pedir que se acredite la verificación vigente del equipo que labró tu acta.
¿Con qué frecuencia conviene revisar multas en Jáchal?
Una vez cada tres o cuatro meses suele ser suficiente. Algunas notificaciones de Jáchal llegan con bastante demora al domicilio del titular.
Manejaba otra persona cuando saltó la fotomulta en Jáchal, ¿quién la paga?
El acta llega al titular registral, que puede identificar al conductor real por la vía prevista en el régimen. Si no lo hace, la responsabilidad administrativa queda en cabeza del titular.
Si no aparecen multas en Jáchal, ¿significa que no tengo nada?
Significa que no hay infracciones de Jáchal registradas a esa patente o DNI. Pueden existir multas en otras jurisdicciones que se consultan aparte.
¿Las multas viejas de Jáchal también prescriben?
Sí, salvo que haya habido actos que interrumpieron el plazo. Conviene chequear el expediente en el juzgado de faltas con jurisdicción sobre Jáchal.
Fuentes y metodología
Esta guía sobre multas en Jáchal fue elaborada por el equipo editorial de multas.ar a partir de fuentes públicas y normativa vigente en San Juan. Última actualización: .
- Valores de UF: Relevamiento propio de multas.ar sobre las leyes provinciales de tránsito y las fuentes oficiales que publican el valor de la Unidad Fija. Sólo se informa un importe en pesos cuando la jurisdicción lo publica en una fuente oficial consultable y pudimos verificarlo en la fecha que figura en verificadoAt. En el resto, la UF sigue el precio del combustible según la norma de adhesión y no se publica un valor: el monto exacto lo informa el organismo de cobro al momento del pago.
- Escalas en UF — Régimen nacional: Decreto 779/95, Anexo 2 (texto según Decreto 242/2022)
- Prescripción: Relevamiento de multas.ar sobre el texto oficial vigente de cada norma: se cita la ley provincial que rige la prescripción de las faltas de tránsito, el artículo que fija el plazo y las causales de interrupción que ese texto enumera. Cuando la provincia adhirió a la Ley Nacional 24.449 sin dictar un régimen propio, el plazo es el de su art. 89 (texto según Ley 26.363). Los plazos se interrumpen por actos administrativos o judiciales: verificá el expediente en cada caso. Última revisión contra fuente primaria: septiembre de 2026.
- Portal provincial: San Juan en multas.ar
- Datos territoriales: IGN — Servicio Georef
Coordenadas (centroide): -30.3546, -68.4400 — ver en mapa