Multas y descargos

Multa a un camión en ruta: qué organismo la labró y ante quién se presenta el descargo

Gendarmería, una policía provincial, un municipio, Vialidad Nacional o la CNRT: cada uno controla algo distinto en la ruta, labra un acta diferente y tiene su propio lugar para el descargo.

Por Marco Ferreiro ·

Vista cenital de un camión con semirremolque de lona detenido en la banquina de ripio de una ruta patagónica, junto a una hilera de conos naranjas.

Quién labró una multa a un camión en ruta depende de qué se controló. Una conducta de tránsito la constatan Gendarmería Nacional, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), una policía provincial o un municipio. Un exceso de peso o de dimensiones en un puesto de control de la red nacional es de Vialidad Nacional. Una falta de la empresa de transporte de jurisdicción nacional es de la CNRT.

El dato que ordena todo está en el acta. En las de tránsito, la Ley 24.449 obliga al agente a identificarse e indicar la dependencia a la que pertenece, y la copia del acta que recibe el conductor vale como citación ante el juez en el lugar y plazo que indique, nunca menor a cinco días.

Quién labra y ante quién se presenta el descargo

Organismo Qué controla Qué labra Dónde va el descargo
Gendarmería Nacional o ANSV Tránsito en rutas nacionales Acta de infracción a la Ley 24.449 El juzgado local que indique el acta
Policía provincial o caminera Tránsito en las rutas de su provincia Acta de tránsito provincial Juzgado provincial; en Buenos Aires, también por hechos en rutas nacionales
Municipio Tránsito en su ejido urbano Acta municipal Juzgado de faltas municipal
Vialidad Nacional Peso, dimensiones y potencia en rutas nacionales Acta de constatación de excesos El distrito de Vialidad que actuó, por TAD
CNRT Empresas de transporte de jurisdicción nacional Acta de comprobación que abre un sumario La propia CNRT, por TAD o por escrito

Gendarmería y policías: acta de tránsito, juzgado local

La Ley 24.449 pone a cargo de Gendarmería Nacional y de la ANSV la constatación de infracciones de tránsito en rutas, autopistas y semiautopistas nacionales, y las faculta a actuar junto con provincias y municipios según los convenios que se firmen. El Decreto 516/2007 le ordenó a Gendarmería incluir en esos convenios cómo se coordina con las autoridades locales el juzgamiento de lo que constata.

Por eso el descargo de un acta de Gendarmería o de una policía provincial va al juzgado que figure en ella, con el procedimiento que fija esa jurisdicción. En la Provincia de Buenos Aires, los juzgados provinciales resuelven las infracciones en rutas nacionales y provinciales, y los municipales, las del ejido urbano.

Para un chofer que vive lejos, el artículo 71 trae dos reglas. A más de 60 kilómetros del juzgado, puede defenderse por escrito por correo postal fehaciente. Y si la infracción fue en jurisdicción nacional, que para la reglamentación incluye rutas nacionales y puentes o túneles interjurisdiccionales, puede optar por el juez de su domicilio si esa jurisdicción está adherida al sistema, salvo que le hayan retenido la licencia por una de las faltas graves del artículo 72 bis.

Vialidad Nacional: la balanza tiene su propio expediente

Los excesos de peso, dimensiones y potencia del transporte de cargas nacional e internacional siguen el protocolo de la Resolución 901/2021 de Vialidad Nacional, que derogó al de 2019. Controla personal habilitado por Vialidad, propio, de una contratista o de un concesionario; las actas de puestos a cargo de un concesionario vial se derivan a él.

El acta no va a un juzgado de faltas. Forma un expediente electrónico que revisa la Sección Legales y Sumarios del distrito que actuó, instancia obligatoria antes de la vía judicial, y el descargo lo resuelve el jefe de ese distrito. Lo que se cobra es una compensación por deterioro del pavimento, en litros de nafta según el Decreto 79/98, sin reducción posible.

Para una flota importa que la copia entregada al conductor ya notifica al transportista; al cargador lo notifica Vialidad por separado. Desde ahí corren diez días hábiles para el pago voluntario o para presentar el descargo con la prueba, por TAD, con clave fiscal y el acta en PDF. Sin pago ni descargo, el silencio vale como aceptación y se expide el certificado de deuda. Contra el rechazo cabe reconsideración ante el mismo jefe dentro de diez días, con pago previo del resarcimiento, y después alzada o vía judicial.

CNRT: el acta es a la empresa

La CNRT sustancia los sumarios del régimen de penalidades del transporte automotor de jurisdicción nacional. Su acta, que identifica lugar, fecha, transportista, vehículo, hecho, norma y agente, hace plena prueba mientras no se la desvirtúe y reemplaza a la vista de cargos si otorga el plazo para el descargo. Sin plazo especial, son cinco días hábiles desde el día siguiente a la notificación.

El descargo va por TAD o por escrito en su sede o en una delegación, citando el número de acta. Las consultas web de la CNRT separan cargas y pasajeros y buscan por CUIT, dominio o DNI del chofer; el circuito completo, con el cómputo de plazos, está en actas y multas de la CNRT.

Qué conviene revisar en el acta

Si un viaje dejó actas de varios organismos, cada una sigue su circuito, como muestra el corredor Buenos Aires–Rosario–Córdoba.

Metodología

Alcance
Qué organismo puede labrar una multa a un camión en una ruta argentina, qué tipo de acta produce cada uno y ante qué órgano se presenta el descargo.
Unidad de análisis
Un camión de carga controlado en una ruta nacional o provincial y el acta que recibe su conductor o su empresa transportista.
Cobertura
Ley 24.449 (artículos 2, 69, 70, 71 y 72 bis) y Decreto 779/95, Decreto 516/2007, Resolución DNV 901/2021, Decreto 253/95, consulta de actas de la CNRT, trámite de descargos de Vialidad Nacional y directorio de juzgados de InfraccionesBA, consultados el 22 de septiembre de 2026.

Limitaciones

Fuentes

Preguntas frecuentes

Si un control de camiones en ruta deja actas de distintos organismos, ¿se tramitan juntas?

No hay un trámite común. Cada acta sigue el procedimiento de su propia norma: la Ley 24.449 y la de la jurisdicción para el tránsito, la Resolución DNV 901/2021 para pesos y dimensiones y el Decreto 253/95 para el transporte de jurisdicción nacional, con su órgano y su plazo.

¿Gendarmería puede multar a un camión en una ruta nacional?

Gendarmería constata infracciones de tránsito en rutas nacionales, pero el Decreto 516/2007 le ordena coordinar el juzgamiento con las autoridades locales mediante convenios. El acta indica el juzgado ante el que se comparece o se presenta el descargo.

¿Qué pasa si la CNRT me labra un acta en un control en ruta?

El acta abre un sumario ante la propia CNRT, y el descargo se presenta por TAD o por escrito en su sede o en una delegación, citando el número de acta. Sin plazo especial son cinco días hábiles desde el día siguiente a la notificación.

¿Dónde presento el descargo de una multa de camión por exceso de peso?

Si el acta es de un puesto de control de Vialidad Nacional, el descargo se presenta por TAD, con clave fiscal, dentro de los diez días hábiles desde la notificación. Lo sustancia la Sección Legales y Sumarios del distrito que actuó y lo resuelve el jefe de ese distrito; las actas de puestos administrados por un concesionario vial se le derivan a ese concesionario.

¿Puedo pedir que la multa de tránsito de una ruta nacional la juzgue un juez de mi provincia?

La Ley 24.449 permite optar por el juez del domicilio en las infracciones cometidas en jurisdicción nacional, que según su reglamentación incluye las rutas nacionales, siempre que esa jurisdicción esté adherida al sistema. La opción no rige si la licencia fue retenida por una de las faltas graves del artículo 72 bis; a más de 60 kilómetros del juzgado también se admite la defensa por escrito por correo postal fehaciente.

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