Dimensiones máximas de camiones: largo, ancho y alto permitidos según la configuración
El Decreto 689/2026 reescribió el Anexo R: más largo para tractores con semirremolque, automovileras y bitrenes a GNC o eléctricos. La tabla por configuración, las medidas parciales y quién puede volver a cambiarla.
Por Marco Ferreiro ·
En la red vial nacional, un vehículo de carga no puede superar 2,60 m de ancho ni 4,30 m de alto, con la carga incluida. El largo depende de la configuración: 13,20 m el camión simple, 19,30 m el tractor con semirremolque, 20,50 m el camión con acoplado y hasta 30,25 m el bitrén. Las unidades a GNC dedicado, eléctricas o híbridas tienen algunos largos mayores.
Esos valores salen del Anexo R del Decreto 779/95 en el texto que fijó el Decreto 689/2026, vigente desde el 31 de julio de 2026. La Ley 24.449 trae su propia lista en el artículo 53, inciso c), con cifras menores en algunos casos (20 m para el camión con acoplado), y el anexo aclara que sus valores más altos la complementan. Una tabla armada sólo con la ley queda corta. Los pesos por eje y por configuración están en la tabla de peso por eje.
Tabla de largos máximos por configuración
El anexo mide el largo entre paragolpes externos, en dos columnas según la motorización.
| Configuración | Líquido o convertido a GNC | GNC dedicado, eléctrico o híbrido |
|---|---|---|
| Camión simple (rígido) | 13,20 m | 13,20 m |
| Tractor con semirremolque | 19,30 m | 19,60 m |
| Camión con acoplado | 20,50 m | 20,50 m |
| Automovilera | 23,00 m | 23,00 m |
| Bitrén B0 | 20,50 m | 21,50 m |
| Bitrén B1 | 22,40 m | 23,40 m |
| Bitrén B2 | 25,50 m | 26,50 m |
| Bitrén B3 | 30,25 m | 31,25 m |
La tabla del anexo trae sólo el B0 y el B1. Los valores del B2 y el B3 salen de la tabla de configuraciones que publica Vialidad Nacional, que para el B2 marca además un mínimo de 22,40 m, y coinciden con el tope del apartado de bitrenes: 30,25 m, o 31,25 m con esas motorizaciones.
Las medidas parciales también cuentan
El anexo fija además medidas internas que definen si un equipo encaja en su configuración:
- Semirremolque: caja de hasta 15,60 m, hasta 12,20 m del perno rey al baricentro del último tren rodante y hasta 2,03 m del perno rey a las esquinas delanteras.
- Acoplado: caja de hasta 9,60 m (10,50 m sólo con cuatro ejes) y lanza de enganche de al menos 1,70 m.
- Bitrén: caja de hasta 13,50 m en cada semirremolque.
Sobre todas esas dimensiones, totales o parciales, se admite una tolerancia del 1,5 %. En un camión con acoplado de 20,50 m equivale a unos 31 cm.
Qué cambió en 2026 y quién puede volver a cambiarlo
En el texto del Decreto 32/2018, el anexo fijaba 18,60 m para el tractor con semirremolque y 22,40 m para las automovileras. El texto nuevo sube el primero a 19,30 m (19,60 m con motorizaciones alternativas), lleva las automovileras a 23,00 m y agrega largos mayores para los bitrenes a GNC dedicado, eléctricos o híbridos.
Los bitrenes tienen además su propia resolución, la 1196/25 del Ministerio de Economía, a la que remiten el anexo y la tabla de Vialidad Nacional. Según el anexo, los B2 y B3 no necesitan permiso especial en rutas nacionales, salvo en los tramos restringidos por curvas de radio reducido u otras condiciones del trazado que define esa resolución, donde se requiere autorización previa.
La tabla tampoco es definitiva. El artículo 2 del Decreto 689/2026 faculta a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía a actualizar el Anexo R, modificar longitudes, incorporar configuraciones y fijar plazos de implementación gradual, con excepciones o prórrogas. Antes de comprar o carrozar una unidad, confirmá el texto vigente.
Dónde rige y quién mide
El Anexo R reglamenta las dimensiones de los vehículos del transporte de pasajeros y carga de jurisdicción nacional. La ley agrega un requisito general para circular: que el vehículo y lo que transporta tengan dimensiones adecuadas a la vía y a las restricciones que fije la autoridad (artículo 40, inciso h).
En la red vial nacional, Vialidad Nacional es la autoridad delegada para fiscalizar pesos y dimensiones, y su protocolo de control, aprobado por la Resolución 901/2021, exige que el acta consigne el largo, el ancho y el alto medidos, los máximos y los excesos. En rutas provinciales y calles municipales el control puede depender de otro organismo, como se ve en un mismo corredor con varias autoridades.
Las automovileras, los portacontenedores y los carretones agrícolas o viales no pueden entrar en las ciudades salvo por autopista o con autorización local, y el ente vial informa las estructuras con gálibo insuficiente, aunque averiguar el itinerario le corresponde al transportista. Superar las dimensiones con una carga indivisible exige el permiso especial del artículo 57 de la ley; la carga que sobresale sin permiso tiene sus propios límites.
Qué conviene revisar en una flota
- El largo real entre paragolpes de cada conjunto, frente a la configuración de ejes con la que figura.
- La motorización: una unidad convertida a GNC queda en la columna de combustible líquido.
- La altura con la carga puesta, en recorridos con puentes o estructuras bajas.
- La distancia de marcha en rutas de doble sentido, en circulación uniforme sin sobrepaso: 40 m con el vehículo de adelante para conjuntos de hasta 20,50 m y 100 m para los más largos.
- Las resoluciones de la Secretaría de Transporte posteriores a julio de 2026.
Metodología
- Alcance
- Largos, anchos y altos máximos de los vehículos de carga por configuración según el Anexo R vigente, las medidas parciales de cajas y enganches, la tolerancia dimensional y quién puede actualizar esos valores. No trata pesos por eje, salientes de carga ni el trámite de permisos especiales.
- Unidad de análisis
- Una configuración de vehículo de carga (camión simple, tractor con semirremolque, camión con acoplado, automovilera o bitrén) que circula por la red vial nacional.
- Cobertura
- Ley 24.449 (artículos 40, 53 y 57), Anexo R del Decreto 779/95 en el texto del Decreto 689/2026 (BO 31/07/2026), su versión del Decreto 32/2018, la tabla de configuraciones de Vialidad Nacional de agosto de 2026 y el protocolo de control de Vialidad Nacional (Resolución 901/2021), consultados el 22 de septiembre de 2026.
Limitaciones
- Las rutas provinciales y las calles municipales pueden tener restricciones de circulación propias que la nota no enumera.
- La Secretaría de Transporte puede modificar el Anexo R y fijar plazos, excepciones o prórrogas: conviene confirmar el texto vigente antes de comprar o modificar una unidad.
- La tabla del anexo no trae los bitrenes B2 y B3: sus largos se toman de la tabla de Vialidad Nacional. Además, el apartado de bitrenes fija un rango de 22,40 a 30,25 m, mientras la tabla admite el B0 con 20,50 m.
- No se analizan sanciones ni la validez de un acta concreta.
Fuentes
- Decreto 689/2026 — sustitución del Anexo R del Decreto 779/95 — Boletín Oficial de la República Argentina (consultada el )
- Anexo R — pesos y dimensiones de vehículos — Argentina.gob.ar (consultada el )
- Configuraciones autorizadas para el transporte automotor de cargas — escalabilidad — Dirección Nacional de Vialidad (consultada el )
- Ley Nacional de Tránsito 24.449 — Información Legislativa y Documental (consultada el )
- Decreto 32/2018 — modificación de la reglamentación de la Ley de Tránsito — Información Legislativa y Documental (consultada el )
- El Gobierno actualiza las reglas de pesos y dimensiones para modernizar el transporte y reducir costos — Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (consultada el )
- Resolución 901/2021 — protocolo de constatación de excesos en peso, dimensiones y potencia — Boletín Oficial de la República Argentina (consultada el )
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la altura máxima permitida para el transporte de cargas en Argentina?
La Ley 24.449 fija 4,30 m para las unidades de carga, medidos con la carga incluida, y el Anexo R repite ese valor para todas las configuraciones de su tabla. Para el transporte de pasajeros el límite legal es 4,10 m.
¿Cuál es el largo máximo de un camión con acoplado?
El Anexo R vigente admite 20,50 m entre paragolpes externos, aunque el texto de la ley todavía dice 20 m. La caja del acoplado no puede pasar los 9,60 m, salvo en acoplados de cuatro ejes, donde llega a 10,50 m.
¿Cuál es el largo máximo de un bitrén?
Depende de la configuración: con combustible líquido, 20,50 m el B0, 22,40 m el B1, 25,50 m el B2 y 30,25 m el B3; con GNC dedicado, eléctricos o híbridos, 21,50, 23,40, 26,50 y 31,25 m. Los del B0 y el B1 figuran en la tabla del anexo, y los del B2 y el B3, en la que publica Vialidad Nacional.
¿Cuál es el ancho máximo de un camión?
2,60 m, incluida la carga. Si una carga indivisible no puede llevarse de otro modo, la ley prevé un permiso especial para excederlo, y en un tractor con semirremolque convencional el anexo limita ese exceso de ancho al 30 %.
¿Un camión convertido a GNC puede usar el largo adicional?
Según la tabla del anexo, no: las unidades convertidas a GNC figuran en la misma columna que las de combustible líquido. El largo adicional corresponde a GNC dedicado, eléctricos puros e híbridos.
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