Tabla de peso por eje de camiones: límites por tipo de eje, peso total y tolerancia de la balanza

Los límites por eje simple, tándem y trídem, el peso bruto total de cada configuración, del camión simple al bitrén de 75 toneladas, y la tolerancia de la balanza, con el anexo vigente desde julio de 2026.

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Trídem de ruedas dobles de un semirremolque detenido sobre la plataforma de una balanza de pesaje en una ruta pampeana, visto de costado
Trídem de ruedas dobles de un semirremolque detenido sobre la plataforma de una balanza de pesaje en una ruta pampeana, visto de costadoIlustración generada con IA. No documenta el hecho relatado.

La tabla de peso por eje de camiones que rige en las rutas nacionales sale de dos normas: el artículo 53, inciso d, de la Ley 24.449 fija los valores básicos, y el Anexo R del Decreto 779/95, su reglamentación, agrega las combinaciones intermedias, las configuraciones y las tolerancias. El Decreto 689/2026 sustituyó ese anexo por un texto nuevo, vigente desde su publicación, el 31 de julio de 2026. Con suspensión mecánica, el eje simple admite 6 toneladas con ruedas individuales y 10,5 con dobles; el tándem doble de ruedas dobles, 18, y el trídem de dobles, 25,5.

A eso se suma el peso bruto total de cada configuración, con el techo de 75 toneladas que la ley fija para una formación normal. Un conjunto puede respetar el total y exceder un eje, o al revés.

Pesos máximos por eje y por conjunto

Eje o conjunto Mecánica (t) Neumática (t)
Eje simple, ruedas individuales 6,0 6,3
Eje simple, ruedas dobles 10,5 11,0
Tándem doble, ruedas individuales 10,0 10,5
Tándem doble, un eje individual y uno doble 14,0 14,7
Tándem doble, ruedas dobles 18,0 18,9
Trídem, dos ejes dobles y uno individual 21,0 22,0
Trídem, ruedas dobles 25,5 26,8

La columna neumática, un 5 % más, vale sólo para vehículos diseñados de fábrica con esa suspensión y nunca permite pasar el máximo del vehículo o la combinación. Las cubiertas superanchas tienen valores propios: sin suspensión neumática de fábrica, ese eje queda en general en 6.000 kg.

El tándem también está definido: ejes consecutivos que reparten el peso entre sí, con más de 1,20 m y menos de 2,40 m entre centros. Por debajo del mínimo, el límite baja una tonelada por cada 8 cm que falten; por encima, los ejes se consideran independientes.

Peso bruto total por configuración

Cada configuración se nombra por sus ejes: S1 y S2 son uno o dos ejes de ruedas individuales; D1, D2 y D3, uno, dos o tres de ruedas dobles. Estas son algunas de las 31 que circulan por rutas nacionales sin permiso especial, más los bitrenes:

Vehículo Ejes Peso bruto total (t)
Camión simple S1-D1 16,5
Camión con tándem S1-D2 24,0
Camión con trídem S1-D3 31,5
Tractor con semirremolque de tándem S1-D2-D2 42,0
Tractor con semirremolque de trídem S1-D2-D3 49,5
Camión con acoplado S1-D2-D1-D2 52,5
Camión con acoplado de dos tándems S1-D2-D2-D2 58,0
Bitrén B0 o B1 S1-D2-D2-D2 60,0
Bitrén B2 o B3 S1-D2-D3-D3 75,0

El B2 y el B3 no figuran en la tabla del anexo: sus 75 t salen del apartado 2.2 y de la tabla de Vialidad Nacional. El tractor con semirremolque de trídem llega a 52 t con suspensión neumática en el tándem del tractor y en el trídem, y la configuración de 58 t debe llevarla en sus tres tándems. Cada fila exige además una relación mínima de potencia, entre 5 y 6,75 CV DIN por tonelada. Los bitrenes B2 y B3 no requieren permiso especial en rutas nacionales, salvo en los tramos restringidos por la Resolución 1196/25 del Ministerio de Economía; en los puentes de capacidad limitada, además, no pueden superar el peso que admite la estructura.

Tolerancia de la balanza

Las tolerancias de pesaje que fija el anexo son:

  • eje simple de dos ruedas: 800 kg;
  • eje simple de cuatro ruedas: 1.500 kg;
  • tándem doble: 2.000 kg;
  • trídem: 2.500 kg;
  • peso total del vehículo o la combinación: 500 kg; 1.000 kg en camiones rígidos a GNC dedicado, eléctricos o híbridos, y 2.000 kg en tractores con esas motorizaciones, con requisitos propios.

El anexo las justifica por errores involuntarios de estiba, corrimientos de la carga en viaje y diferencias propias del sistema de pesaje. La de cada eje rige mientras no se supere el total: el exceso de un eje debe compensarse con el defecto de otro. Si se pasa la tolerancia, la carga debe acomodarse o descargarse para seguir, sin perjuicio de la sanción, y se pierde ese margen al calcular el canon por deterioro del pavimento.

Las balanzas deben contrastarse al menos cada doce meses y cada pesada deja un comprobante. El medidor de carga referencial que el anexo pide en cada tándem no sirve para fiscalizar.

Dónde se publica y qué conviene revisar

Vialidad Nacional publica pesos y dimensiones en su sección de transporte de cargas. Su tabla de configuraciones autorizadas ya remite al Decreto 689/2026, pero la página de información útil todavía cita el Decreto 32/2018, del texto anterior. Rige el de 2026.

El permiso de Vialidad Nacional no alcanza a las rutas provinciales, que dependen de cada vialidad provincial. Un mismo viaje puede cruzar varias autoridades, como muestra el corredor Buenos Aires–Rosario–Córdoba.

Antes de cargar, conviene confirmar:

  • la configuración exacta y si la suspensión neumática es de fábrica;
  • la distancia entre ejes de cada tándem;
  • el reparto de la carga, eje por eje y en total;
  • el permiso, si la carga indivisible excede la tabla;
  • el recorrido, con sus tramos restringidos y rutas provinciales.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el peso máximo de un camión con semirremolque?

Depende de los ejes. En el Anexo R vigente, un tractor de tándem con semirremolque de tándem (S1-D2-D2) llega a 42 t y uno con semirremolque de trídem (S1-D2-D3), a 49,5 t, o a 52 t si tiene suspensión neumática en el tándem del tractor y en el trídem.

¿Cuánto es la tolerancia de peso por eje en la balanza?

El anexo admite 800 kg en el eje simple de dos ruedas, 1.500 kg en el de cuatro, 2.000 kg en el tándem doble y 2.500 kg en el trídem, y 500 kg sobre el peso total. Las de cada eje valen sólo si no se supera el peso total del vehículo o la combinación.

¿Cuánto puede cargar un bitrén en rutas nacionales?

Los bitrenes B0 y B1, de siete ejes, tienen un peso bruto total combinado de 60 t; los B2 y B3, de nueve ejes, de 75 t. Según el anexo, B2 y B3 circulan por rutas nacionales sin permiso especial, salvo en los tramos restringidos por la Resolución 1196/25.

¿Dónde publica Vialidad Nacional los pesos y dimensiones?

En la sección de transporte de cargas de su sitio, donde está la tabla de configuraciones autorizadas que remite al Decreto 689/2026. Otras páginas de esa sección todavía citan el Decreto 32/2018; el texto vigente del Anexo R es el que sustituyó el decreto de 2026.

¿La suspensión neumática permite cargar más por eje?

Sí, el anexo eleva un 5 % los máximos por eje o conjunto para vehículos diseñados de fábrica con suspensión neumática, sin superar el peso máximo del vehículo o la combinación. Un tándem doble de ruedas dobles pasa de 18 a 18,9 t.

Fuentes consultadas 5 referencias
  1. Decreto 689/2026 — sustitución del Anexo R del Decreto 779/95 (abre en una pestaña nueva) — Boletín Oficial de la República ArgentinaConsultada el
  2. Anexo R — pesos y dimensiones de vehículos (abre en una pestaña nueva) — Argentina.gob.arConsultada el
  3. Ley Nacional de Tránsito 24.449 (abre en una pestaña nueva) — Información Legislativa y DocumentalConsultada el
  4. Configuraciones autorizadas para el transporte automotor de cargas — escalabilidad (abre en una pestaña nueva) — Dirección Nacional de VialidadConsultada el
  5. Transporte de cargas: información útil (abre en una pestaña nueva) — Dirección Nacional de VialidadConsultada el
Datos y metodología
Alcance de la nota
Límites de peso por eje y por conjunto de ejes, peso bruto total por configuración, bitrenes y tolerancias de pesaje que fija la reglamentación nacional de pesos y dimensiones.
Unidad de análisis
Un camión, un conjunto con semirremolque o acoplado, o un bitrén que circula por la red vial nacional y pasa por un control de pesaje.
Cobertura
Ley 24.449 (art. 53), Anexo R del Decreto 779/95 en el texto del Decreto 689/2026 (Boletín Oficial del 31/07/2026) y las publicaciones de Vialidad Nacional sobre transporte de cargas, consultados el 22 de septiembre de 2026.

Limitaciones

  • La tabla de configuraciones reproduce las más frecuentes; el anexo enumera 31 órdenes más los bitrenes, cada uno con condiciones de suspensión, largo y potencia.
  • En rutas provinciales el control y los permisos dependen de cada vialidad provincial, y la nota no verifica qué norma aplica cada una.
  • La Secretaría de Transporte quedó facultada para actualizar el anexo y fijar plazos de implementación, así que antes de cargar conviene confirmar el texto vigente.
  • No calcula multas ni el canon por exceso de peso, que se tratan en otras notas.

Fecha declarada del contenido: . La fecha de consulta no reemplaza la vigencia de la norma ni una revisión independiente.

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