Restricciones en la licencia de conducir: cómo se constatan y qué multa corresponde si no se cumplen
Los anteojos, el audífono o un vehículo adaptado quedan escritos en la licencia después del psicofísico. Dónde consta cada condición, cómo la controla un agente y con qué figura se multa no cumplirla.
Por Marco Ferreiro ·
Las restricciones de la licencia de conducir son las prótesis o condiciones que se le imponen al titular para conducir, en general a partir del examen psicofísico. La Ley Nacional de Tránsito 24.449 obliga a dejarlas escritas: su artículo 15, inciso d, incluye entre los datos de la licencia las prótesis que debe usar o las condiciones impuestas al titular. No cumplirlas es una falta propia, distinta de no llevar la licencia o de tenerla vencida.
En la escala de referencia nacional, el artículo 6 del Anexo 2 del Decreto 779/95 sanciona a quien conduce sin anteojos, lentes de contacto, audífonos o similar cuando la licencia indica su uso: de 100 a 300 UF y 4 puntos. En la Ciudad de Buenos Aires, la Ley 451 fija 100 UF para quien conduce sin anteojos o lentes de contacto cuando la licencia lo indica o sin cumplir alguna otra condición impuesta.
Qué restricciones puede llevar la licencia
El psicofísico del artículo 14 evalúa la aptitud física, visual, auditiva y psíquica, junto con una declaración jurada de afecciones. De esa evaluación surgen, en general, las condiciones. La ley prevé además que las personas daltónicas, con visión monocular, sordas o con otras capacidades limitadas que puedan conducir con las adaptaciones pertinentes obtengan la licencia habilitante específica.
| Tipo de condición | Qué prevé la norma |
|---|---|
| Anteojos, lentes de contacto, audífonos | Deben constar en la licencia (art. 15, inc. d) |
| Vehículo adaptado | Clase F: la licencia describe la adaptación y va con la subclase del vehículo |
| Otras condiciones impuestas al titular | No hay lista cerrada: rige lo que consigne la licencia |
Dónde figuran: tarjeta y licencia digital
Desde el Decreto 196/2025, la reglamentación dispone que la licencia se otorgue en formato digital con el contenido mínimo que exige la ley, que pueda replicarse en una tarjeta y que ambos formatos tengan la misma validez. Como ese contenido incluye las prótesis y condiciones del artículo 15, la restricción es parte de la licencia en las dos versiones.
En la renovación remota que publica el Estado nacional, el prestador carga el resultado del psicofísico y la licencia digital queda en Mi Argentina al terminar el trámite. Si falta la condición que te indicaron, o aparece una que no reconocés, consultalo con el centro emisor de la jurisdicción que otorgó la licencia.
Cómo la constata un agente
El artículo 40, inciso a, exige para circular estar habilitado y llevar la licencia. En un control, el agente la pide, lee la condición consignada y la compara con lo que ve: un conductor sin los anteojos o sin el audífono que la licencia exige. El artículo 70 le exige identificarse, usar el formulario de acta reglamentario y entregar copia; después, la autoridad de juzgamiento evalúa el acta con las reglas de la sana crítica razonada.
Conviene no mezclar dos situaciones:
- no usar la prótesis o no cumplir la condición: la conducta del artículo 6 del Anexo 2 o, en la Ciudad, del artículo 6.1.3 de la Ley 451;
- que la condición haya empeorado: el artículo 72 manda retener la licencia cuando sea evidente la disminución de las condiciones psicofísicas respecto de las exigidas al otorgarla, salvo a personas con discapacidad debidamente habilitadas, y seguir la suspensión por ineptitud del artículo 19. La Ley 13.927 bonaerense repite ese supuesto en su artículo 37.
Cómo se encuadra y cuánto es
| Conducta | Escala nacional (Anexo 2) |
|---|---|
| Conducir sin anteojos, lentes de contacto o audífonos cuando la licencia indica su uso | 100 a 300 UF y 4 puntos (art. 6) |
| Conducir con variaciones psicofísicas permanentes respecto de las evaluadas al habilitar | 100 a 300 UF y 4 puntos (art. 67, ap. 1) |
| Conducir con la licencia suspendida por ineptitud | 150 a 500 UF y 5 puntos (art. 8) |
Para otras condiciones, como manejar sin la adaptación que describe una licencia clase F, la escala nacional no trae una figura con ese nombre; el artículo 48, inciso a, prohíbe conducir con impedimentos físicos o psíquicos sin la licencia especial correspondiente. Conviene leer qué norma citó el acta.
El Anexo 2 admite que cada jurisdicción adherente fije otros mínimos y máximos dentro de los límites de la ley. La Ciudad de Buenos Aires agrupa los anteojos, los lentes de contacto y las demás condiciones en una sola figura de 100 UF (art. 6.1.3). Por qué un mismo hecho puede terminar en importes distintos está en dos infracciones parecidas con montos distintos.
Qué conviene revisar
- qué condición consigna tu licencia y si coincide en la tarjeta y en la versión digital;
- qué conducta imputa el acta: no usar la prótesis, incumplir otra condición o una variación psicofísica tienen escalas distintas;
- qué régimen cita: el nacional, el de tu provincia o el de la Ciudad;
- si te retuvieron la licencia por una disminución evidente: la reglamentación pide un nuevo psicofísico dentro de los cinco días hábiles de la suspensión y, si no te presentás, el emisor puede inhabilitarte preventivamente. Aprobado el examen, podés pedir la rehabilitación.
Metodología
- Alcance
- Qué restricciones puede consignar la licencia de conducir, dónde deben figurar, cómo se constatan en un control y con qué figuras y escalas se sanciona no cumplirlas.
- Unidad de análisis
- Un conductor con licencia vigente que tiene consignada una prótesis o una condición del examen psicofísico y es controlado en la vía pública.
- Cobertura
- Ley Nacional de Tránsito 24.449, anexos 1 y 2 del Decreto 779/95 con las modificaciones del Decreto 196/2025, Ley 13.927 de la Provincia de Buenos Aires, Ley 451 de la Ciudad de Buenos Aires en el texto consolidado por la Ley 6.764 y páginas de la ANSV, consultados el 22 de septiembre de 2026.
Limitaciones
- La escala del Anexo 2 es la de referencia nacional; cada jurisdicción adherente puede fijar otros mínimos y máximos, y la nota no convierte unidades fijas a pesos.
- No describe cómo se muestra cada condición en la tarjeta o en la aplicación: el diseño lo define la ANSV y puede cambiar.
- Fuera de la Ciudad de Buenos Aires, no releva cómo tipifica cada provincia o municipio las condiciones distintas de los anteojos y los audífonos.
- No cubre las limitaciones del conductor principiante ni el trámite para modificar o levantar una restricción ante el emisor.
Fuentes
- Ley Nacional de Tránsito 24.449 — Información Legislativa y Documental (consultada el )
- Decreto 779/1995 reglamentario de la Ley de Tránsito — Argentina.gob.ar (consultada el )
- Anexo 2 del Decreto 779/1995 — régimen de contravenciones y sanciones de la Ley 24.449 — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Clases y subclases de licencias — Agencia Nacional de Seguridad Vial (consultada el )
- Renovación y/o ampliación de la Licencia Nacional de Conducir — Agencia Nacional de Seguridad Vial (consultada el )
- Ley 13.927 de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires — Argentina.gob.ar (consultada el )
- Ley 451 – Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la multa por manejar sin anteojos si la licencia dice que los uso?
En la escala nacional del Anexo 2 del Decreto 779/95 va de 100 a 300 UF y descuenta 4 puntos; en la Ciudad de Buenos Aires son 100 UF. Otras jurisdicciones pueden fijar su propia escala, y el importe en pesos depende del valor que cada una le asigna a la unidad fija.
¿Puedo manejar con lentes de contacto si la licencia dice que uso lentes?
Las figuras nacional y porteña nombran juntos los anteojos y los lentes de contacto para el caso en que la licencia indica su uso. Si tu licencia especifica un tipo de corrección, rige lo consignado; ante la duda, confirmalo con el centro emisor.
¿Qué pasa si no respeto una licencia con restricción de horario?
La ley nacional no enumera las condiciones posibles ni nombra una de horario: exige que la licencia consigne las condiciones impuestas al titular para conducir. Si la tuya consigna una, en la Ciudad de Buenos Aires no cumplirla se sanciona con 100 UF; en otras jurisdicciones depende de cómo lo tipifique su régimen y de la norma que cite el acta.
¿Me pueden retener la licencia por manejar sin anteojos?
El artículo 72 de la Ley 24.449 no nombra ese caso entre los supuestos de retención de la licencia. Sí prevé retenerla, entre otros, cuando surja una evidente violación a los requisitos de la ley o sea evidente la disminución de las condiciones psicofísicas respecto de las exigidas al otorgarla; en este último caso sigue la suspensión por ineptitud del artículo 19.
¿La licencia digital muestra las restricciones?
La reglamentación dispone que la licencia se otorgue en formato digital con el contenido mínimo que exige la ley, que incluye las prótesis y condiciones impuestas, y que la tarjeta física tenga la misma validez. Si no ves la condición en la versión digital, consultá al centro emisor.
Dónde consultar
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