Red de tránsito pesado de CABA: por qué calles pueden circular los camiones y en qué horarios
El Código porteño define el tránsito pesado por peso y no por hora: fija una red de arterias, admite desvíos sólo para llegar al destino y deja los horarios a otras reglas, como la carga y descarga en cajones azules.
Por Marco Ferreiro ·
En la Ciudad de Buenos Aires, un camión o un acoplado que pesa 12 toneladas o más en forma individual, vaya o no cargado, sólo puede circular por las arterias de la Red de Tránsito Pesado. Lo dice el artículo 9.10.1 del Código de Tránsito y Transporte (Ley 2148), con la lista de tramos del artículo 9.10.5.
Fuera de la red, ese vehículo puede tomar otra calle sólo para llegar a su destino y regresar por el itinerario más corto desde y hasta la red. El capítulo no fija franjas horarias: la restricción es por peso y por arteria, y las horas aparecen en otras reglas.
Qué vehículos quedan alcanzados
Como rige "vayan o no cargados", también queda dentro un camión vacío que alcanza las 12 toneladas. El sitio de logística urbana porteño habla de más de 12 toneladas de peso total bruto, pero rige el Código: igual o mayor, y en forma individual.
El artículo 9.10.2 exceptúa a los servicios de urgencia (bomberos, policía, guardia de auxilio porteña), a los de emergencia (empresas de servicios públicos y auxilio mecánico), a los móviles periodísticos de exteriores en funciones y a los motohormigoneros. Para ampararse, el vehículo tiene que estar identificado con leyendas o colores de su actividad y con el nombre o sigla de su empresa (artículo 9.10.3).
Cómo leer la lista de arterias
El artículo 9.10.5 ordena la red en tres grupos, y la unidad de lectura es el tramo, no la avenida:
| Grupo | Qué habilita | Ejemplo del texto vigente |
|---|---|---|
| Sin restricción de sentido | Ambos sentidos del tramo | Av. Juan B. Justo entre Av. Santa Fe y Av. General Paz |
| Con restricción de sentido | Sólo la dirección indicada | Av. Sarmiento, de la Costanera hacia Av. Figueroa Alcorta |
| Exclusivas para ganado en pie | Sólo transporte de hacienda | Río Negro, desde el puente sobre Av. Dellepiane hacia Av. Piedrabuena |
Una avenida puede estar en la red en un tramo y fuera en el siguiente: Av. Córdoba figura sólo entre Godoy Cruz y Av. Jorge Newbery. El texto actual de los dos primeros grupos viene de la Ley 6.585, de noviembre de 2022, y un mapa anterior puede mostrar tramos que ya no están.
Los horarios que sí existen
Paseo del Bajo. El artículo 6.1.9 lo hace obligatorio para el tránsito pesado y admite también camiones de carga de entre 3.500 y 12.000 kilos. Su franja horaria es para otros vehículos: autos, taxis y remises sólo entran de las 22 del viernes o víspera de feriado nacional a las 5 del lunes o del día posterior (Ley 6.765, de 2024). Detenerse o estacionar está prohibido las 24 horas, y un camión de 12 toneladas o más con destino en el área que rodean Paseo Colón, Alem y San Juan, entre otras arterias, necesita un permiso previo de la Autoridad de Aplicación.
Bitrenes. El artículo 9.10.6 fija sus circuitos hacia el Puerto y hacia el Centro de Transferencia de Cargas. Hasta la Ley 6.675, de noviembre de 2023, sólo podían recorrerlos entre las 22 y las 6; hoy cada uno de sus tres tipos tiene sus arterias y circula sin restricción horaria.
Carga y descarga. Se hace en los cajones azules o, donde no los hay, fuera de la calzada (artículo 9.5.7). El artículo 7.1.10 fija un máximo de 30 minutos salvo otra indicación de la señal; los días y horarios de cada cajón los determina la Autoridad de Aplicación y figuran en ella. Estacionar camiones y acoplados en la vía pública está prohibido las 24 horas (artículo 7.1.4).
Cómo se sanciona salir de la red
El artículo 9.10.4 remite al Régimen de Faltas (Ley 451) y habilita la retención preventiva del artículo 5.6.1, que alcanza al vehículo que circula en infracción a la normativa de transporte de carga. Sus gastos se pagan antes del retiro y aparte de la multa, como se explica en acarreo y depósito.
El régimen no tiene un artículo con el nombre de la red, pero sí dos tipos cercanos:
- el 6.1.41, con 150 unidades fijas, para quien circula por zonas prohibidas o excediendo el peso permitido para la vía;
- el 6.1.42, con 100 unidades fijas, para quien viola normas de circulación por día, horario o características del vehículo.
El 6.1.51 sanciona con 200 unidades fijas no respetar los horarios de carga o descarga, y alcanza también al comercio de origen o destino. El artículo aplicado lo dice el acta; para seguir el expediente sirven qué resuelve el controlador de faltas y a resolver en CABA.
Qué conviene revisar
- el peso individual de cada unidad, cargada o vacía;
- el tramo exacto del artículo 9.10.5 y su sentido;
- si la unidad fuera de la red iba o volvía de un destino por el recorrido más corto;
- si el destino está en el área del Paseo del Bajo con permiso previo;
- el artículo, las unidades fijas y la retención que consigna el acta.
Metodología
- Alcance
- Qué vehículos alcanza la restricción de tránsito pesado en la Ciudad de Buenos Aires, cómo está armada la red de arterias habilitadas, qué reglas horarias conviven con ella y con qué normas se sanciona salir de la red.
- Unidad de análisis
- Un camión o acoplado de 12 toneladas o más que entra, cruza o hace entregas dentro de la Ciudad de Buenos Aires.
- Cobertura
- Texto compilado del Código de Tránsito y Transporte (Ley 2148, títulos V, VI, VII y IX) y del Régimen de Faltas (Ley 451) publicado por JURISTECA, más las páginas de logística urbana del Gobierno porteño, consultados el 22 de septiembre de 2026.
Limitaciones
- La nota no reproduce la lista completa del artículo 9.10.5: para un recorrido concreto hay que leer el tramo exacto y su sentido en el texto vigente.
- Los días y horarios de cada cajón azul, las condiciones del permiso para el área del Paseo del Bajo y las restricciones por zona que la Autoridad de Aplicación disponga por fuera del Código no están en el texto consultado.
- El Régimen de Faltas no tiene un tipo con el nombre de la red; qué artículo corresponde a un hecho concreto lo define el acta y, en su caso, la autoridad de juzgamiento.
- Rige sólo en la Ciudad: fuera de ella valen las normas de la provincia o el municipio que corresponda.
Fuentes
- Ley 2148, Título IX: transporte de carga y Red de Tránsito Pesado — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
- Ley 2148, Título VI: circulación, autopistas y Paseo del Bajo — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
- Ley 2148, Título VII: estacionamiento y carga y descarga — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
- Ley 2148, Título V: retención de conductores, licencias y vehículos — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
- Ley 451 – Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
- Red de Tránsito Pesado — Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (consultada el )
- Bitren: nuevos recorridos en la Red de Tránsito Pesado — Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (consultada el )
Preguntas frecuentes
¿Qué es la red de tránsito pesado de CABA?
Es la lista de arterias y tramos del artículo 9.10.5 del Código de Tránsito y Transporte por los que pueden circular camiones y acoplados de 12 toneladas o más. Tiene tramos habilitados en ambos sentidos, tramos habilitados en un solo sentido y dos tramos exclusivos para transporte de ganado en pie.
¿En qué horario pueden circular los camiones en CABA?
No en el capítulo de la red: la prohibición del artículo 9.10.1 no distingue horas, así que un camión de 12 toneladas o más tampoco puede salir de la red de noche. Las horas aparecen en la carga y descarga, con un máximo de 30 minutos por operación salvo otra indicación de la señal del cajón azul.
¿Cuánto es la multa por circular con un camión fuera de la red de tránsito pesado?
El Código remite al Régimen de Faltas y permite la retención preventiva del vehículo. Ese régimen no tiene un artículo con el nombre de la red: circular por zonas prohibidas o excediendo el peso permitido para la vía prevé 150 unidades fijas, y violar normas de circulación por día, horario o características del vehículo, 100. El artículo aplicado figura en el acta.
¿Un camión vacío también tiene que usar la red?
Sí. El artículo 9.10.1 alcanza a camiones y acoplados cuyo peso individual sea igual o mayor a 12 toneladas, vayan o no cargados.
¿Los bitrenes pueden entrar a la Ciudad?
Sí, por las arterias que el Código asigna a cada tipo: el bitrén tipo 1 puede usar la red de los artículos 9.10.5 y 9.10.6, y los tipos 2 y 3 sólo los circuitos y tramos del 9.10.6, que conectan los accesos con el Puerto y con el Centro de Transferencia de Cargas. Desde la Ley 6.675 de 2023 circulan sin restricción horaria.
Dónde consultar
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