Vehículos de emergencia en la Ley 24.449: cómo se les cede el paso y qué excepciones tienen las ambulancias
Qué le exige el artículo 61 al resto del tránsito cuando suena una sirena, en qué condiciones una ambulancia puede apartarse de las reglas y qué se evalúa si una unidad de emergencia recibe una fotomulta.
Por Marco Ferreiro ·
El artículo 61 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 regula a los vehículos de emergencia desde dos lados. Les permite apartarse de las normas de circulación, velocidad y estacionamiento sólo en forma excepcional: en cumplimiento estricto de su misión específica, cuando les resulte absolutamente imprescindible y sin causar un mal mayor que el que intentan resolver. Y obliga al resto a tomar las medidas a su alcance para facilitarles el avance; además, les prohíbe seguirlos.
La excepción tiene condiciones visibles: la unidad debe circular con sus balizas distintivas encendidas y sumar la sirena si la urgencia es extraordinaria. El texto vigente es el de la Ley 27.603, publicada en el Boletín Oficial en diciembre de 2020.
El artículo 61, parte por parte
| Tramo | Qué establece |
|---|---|
| Excepción | Puede no respetar normas de circulación, velocidad y estacionamiento si es absolutamente imprescindible y sin causar un mal mayor |
| Señales | Balizas encendidas; sirena si la urgencia es extraordinaria, siempre junto con las balizas y con la máxima moderación |
| Resto del tránsito | Debe facilitar el avance y no puede seguir al vehículo |
| Unidades | Habilitación especial y hasta 15 años de antigüedad, salvo autobombas, móviles de bomberos y vehículos de fuerzas armadas y de seguridad con revisión técnica obligatoria |
Cómo ceder el paso a una ambulancia
La reglamentación del artículo 61, en el Anexo 1 del Decreto 779/95, describe la maniobra: dejar la vía expedita, acercarse lo más posible al borde derecho y detener la marcha mientras el vehículo pasa, sin entorpecer a los demás. En autopistas, semiautopistas y caminos no hace falta detenerse si queda libre el carril correspondiente. La Provincia de Buenos Aires repite la misma maniobra en el artículo 31 del Anexo III de su Decreto 532/09.
En los cruces rige además el artículo 41: la prioridad de quien viene por la derecha se pierde ante los vehículos del servicio público de urgencia en cumplimiento de su misión.
En el régimen de sanciones nacional (Anexo 2 del Decreto 779/95), no cederles el paso se sanciona con 150 a 500 UF y la resta de cinco puntos en la licencia. Ese anexo admite que las jurisdicciones adherentes varíen mínimos y máximos dentro del artículo 84 de la ley, y la bonaerense lo hace: el Anexo V de su decreto sanciona no respetar las prioridades del artículo 41 con 50 a 100 UF.
Sirena y balizas: quién puede usarlas
El artículo 32 asigna un color de baliza intermitente a cada servicio:
- azul, para vehículos policiales y de seguridad;
- rojo, para bomberos, apuntalamiento, explosivos y otros servicios de urgencia;
- verde, para ambulancias y similares;
- amarillo, para maquinaria especial y vehículos de auxilio, reparación o recolección.
La reglamentación agrega que ningún vehículo no autorizado puede usar ni tener sirena. Tenerla es una de las prohibiciones del artículo 48, que el régimen nacional sanciona con 50 a 100 UF. Y si alguien comete una falta fingiendo un servicio de urgencia, o abusando de una urgencia real, el artículo 80 permite aumentar la sanción hasta el triple.
El auto de un médico que atiende urgencias a domicilio no se rige por el artículo 61: la reglamentación del artículo 63 le reconoce sólo una franquicia de estacionamiento, que otorga la autoridad de tránsito de cada jurisdicción.
Qué se exige a la unidad y a quien la maneja
Los vehículos destinados a emergencias deben habilitarse especialmente (artículo 29) y respetar el tope de antigüedad del artículo 61. Para conducirlos, la reglamentación nacional prevé la subclase D.4 para servicios de urgencia y emergencia, que se suma a la clase que corresponda al vehículo; la bonaerense la identifica como D.3. Quien obtiene por primera vez una licencia profesional es aprendiz y, en una unidad de urgencia, debe ir acompañado por un conductor profesional idóneo y experimentado.
Circular con un vehículo de emergencia en infracción a las normas reglamentarias también está sancionado: 150 a 500 UF y cinco puntos en el Anexo 2 nacional; 300 a 1.000 UF en el régimen bonaerense.
Fotomulta a una ambulancia privada: qué se evalúa
Un equipo de constatación registra el hecho, no la misión. Si una unidad de una empresa de emergencias médicas cruza en rojo o excede la velocidad, el acta puede labrarse igual, y la excepción se plantea en el descargo ante la autoridad de juzgamiento que corresponda.
Lo que hay que mostrar surge del propio artículo 61: una misión de urgencia, una maniobra imprescindible, ningún mal mayor y las balizas encendidas. El artículo 78 permite eximir de sanción ante una necesidad debidamente acreditada; es una facultad de la autoridad, no un efecto automático. Un traslado programado, sin urgencia, en principio no reúne esas condiciones: la unidad debe respetar las reglas comunes, y la ley reserva las balizas para la circunstancia excepcional.
Para una flota de emergencias médicas conviene:
- conservar el registro de despacho de cada servicio, con hora del llamado, destino y tipo de prestación;
- revisar si la imagen del acta muestra las balizas encendidas;
- identificar quién conducía, porque titular y conductor pueden no coincidir;
- controlar las fechas del acta y de la notificación, que no significan lo mismo para el plazo del descargo.
Metodología
- Alcance
- Reglas de la Ley 24.449 y de su reglamentación sobre vehículos de servicios de emergencia: cómo cederles el paso, quién puede usar sirena y balizas, en qué condiciones se aplica la excepción y qué se exige a las unidades.
- Unidad de análisis
- Un vehículo de un servicio de emergencia —ambulancia pública o privada, bomberos o policía— que circula en una jurisdicción adherida, y los conductores que se cruzan con él.
- Cobertura
- Texto actualizado de la Ley 24.449 (artículo 61 según la Ley 27.603), Anexos 1 y 2 del Decreto 779/95 publicados en InfoLEG y texto actualizado del Decreto bonaerense 532/09 (Anexos II, III y V), consultados el 22 de septiembre de 2026.
Limitaciones
- Los montos en UF son los del régimen nacional y, como ejemplo, los del bonaerense; cada jurisdicción adherente puede fijar otros mínimos y máximos dentro del artículo 84 de la ley.
- No cubre los códigos de tránsito propios de cada jurisdicción ni los requisitos locales para habilitar ambulancias o empresas de emergencias médicas.
- No evalúa casos concretos: si una urgencia quedó acreditada lo decide la autoridad de juzgamiento de la jurisdicción que labró el acta.
Fuentes
- Ley 24.449 de Tránsito — texto actualizado — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Ley 27.603 — sustitución del artículo 61 de la Ley 24.449 — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Anexo 1 del Decreto 779/1995 — reglamentación general de la Ley 24.449 — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Anexo 2 del Decreto 779/1995 — régimen de contravenciones y sanciones de la Ley 24.449 — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Decreto 532/09 — reglamentación de la Ley 13.927, texto actualizado — Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (consultada el )
Preguntas frecuentes
¿Qué dice el artículo 61 de la Ley 24.449?
Regula a los vehículos de emergencia: pueden apartarse de las normas de circulación, velocidad y estacionamiento sólo en cumplimiento estricto de su misión y si es absolutamente imprescindible, con balizas encendidas. También exige a esas unidades habilitación especial y un máximo de 15 años de antigüedad, salvo las excepciones que enumera. Su redacción actual es la de la Ley 27.603, de 2020.
¿Cómo se cede el paso a una ambulancia en una autopista?
La reglamentación nacional indica que en autopistas, semiautopistas y caminos no es necesario detenerse, siempre que se deje libre el carril correspondiente. En calles y avenidas, en cambio, hay que acercarse lo más posible al borde derecho y detener la marcha mientras pasa.
¿Qué vehículos tienen autorizadas la sirena y las balizas?
El artículo 32 fija balizas azules para policía y seguridad, rojas para bomberos y otros servicios de urgencia, verdes para ambulancias y amarillas para maquinaria especial y vehículos de auxilio. La sirena la usan los vehículos de emergencia, siempre con las balizas y si la urgencia es extraordinaria; un vehículo no autorizado no puede usarla ni tenerla, y el régimen nacional sanciona esa falta con 50 a 100 UF.
¿Una ambulancia privada puede recibir una fotomulta?
Sí: el equipo registra el hecho y la excepción del artículo 61 se plantea después, en el descargo. La autoridad de juzgamiento puede eximir de sanción ante una necesidad debidamente acreditada, según el artículo 78; un traslado sin urgencia, en principio, no se apoya en esa excepción.
¿Cuánto es la multa por no ceder el paso a un vehículo de emergencia?
En el régimen nacional del Anexo 2 del Decreto 779/95, de 150 a 500 UF y la resta de cinco puntos en la licencia. Cada jurisdicción adherente puede fijar otra escala dentro del artículo 84 de la ley: en la Provincia de Buenos Aires, el Decreto 532/09 prevé 50 a 100 UF por no respetar las prioridades del artículo 41.
Notas relacionadas
Artículo 48 de la Ley 24.449: las prohibiciones al conducir y qué infracción se labra por cada una
Qué prohíbe cada inciso del artículo 48 de la Ley de Tránsito, cómo quedó el inciso a) con el alcohol cero y qué multa en UF y cuántos puntos prevé la reglamentación nacional para cada conducta.
Titular, conductor y comprador: a quién puede quedar asociada cada multa
La conducta puede corresponder al conductor, pero cuando no está identificado la ley prevé una presunción sobre el propietario. Una venta sin transferir agrega otra capa que debe documentarse.
Radar autorizado, homologado y verificado: tres controles distintos
La autorización del lugar, la aprobación del modelo y la verificación metrológica del equipo responden preguntas distintas. Un documento no acredita automáticamente las tres.