Alcohol en sangre: qué significan 0,5, 1 y 2 gramos por litro en un control de alcoholemia
El etilómetro mide aire y la ley habla de sangre. Una tabla para convertir los valores, lo que marca cada umbral en la norma nacional, en la Ciudad y en la provincia de Buenos Aires, y qué tiene que decir el ticket.
Por Marco Ferreiro ·
En un control de alcoholemia, 0,5, 1 y 2 son gramos de alcohol por litro de sangre (g/l). Algunas leyes escriben lo mismo en miligramos: 0,5 g/l son 500 mg por litro; 1 g/l, 1.000; 2 g/l, 2.000.
Ninguno de esos valores está permitido en jurisdicción nacional. Desde la Ley 27.714, publicada el 3 de mayo de 2023, el artículo 48 inciso a) de la Ley 24.449 prohíbe conducir cualquier vehículo con una alcoholemia superior a cero. El 0,5 que casi todos recuerdan fue el límite general de la ley nacional desde la Ley 24.788, de 1997, hasta esa reforma, y sigue siendo el límite general en la Ciudad de Buenos Aires.
Sangre o aire: dos unidades en el mismo control
La ley habla de sangre, pero el etilómetro analiza aire exhalado. Su reglamento metrológico, la Resolución 86/2012 de la Secretaría de Comercio Interior con el anexo que sustituyó la Resolución 145/2012, resuelve la diferencia en el propio equipo: el resultado se expresa en gramos de etanol por litro de sangre, con una equivalencia fija de 1 mg por litro de aire igual a 2,1 g por litro de sangre (factor 2100:1).
Con esa equivalencia, 0,24 mg/l en aire y 0,5 g/l en sangre describen aproximadamente la misma concentración:
| En sangre (g/l) | En sangre (mg/l) | En aire exhalado (mg/l, aprox.) |
|---|---|---|
| 0,5 | 500 | 0,24 |
| 1 | 1.000 | 0,48 |
| 2 | 2.000 | 0,95 |
Qué significa cada valor según la norma
| Valor | Qué dicen las normas |
|---|---|
| Más de 0 | Infracción en jurisdicción nacional y en la provincia de Buenos Aires (Ley 13.927, art. 28 ter), cuya escala da 3 meses de inhabilitación hasta 499 mg/l |
| 0,5 g/l | Límite nacional entre 1997 y 2023 y límite general vigente en la Ciudad; en la provincia, más de 500 mg/l son 6 meses |
| 1 g/l | Umbral del arresto en la reglamentación nacional, agravante penal y piso del Código Contravencional porteño; en la provincia, más de 1.000 mg/l son 12 meses |
| 2 g/l | No es un umbral propio: cae en el tramo más alto, como los 18 meses bonaerenses por encima de 1.500 mg/l |
La escala bonaerense es la del artículo 39 bis de la Ley 13.927; la multa está en alcoholemia en la provincia de Buenos Aires. La reglamentación del artículo 48 (Decreto 779/95, en un texto de 2018 anterior a la Ley 27.714) todavía ordena secuestrar el vehículo con más de medio gramo y, al exceder el gramo, sumar el arresto del artículo 86 de la ley. El Código Penal toma 500 mg/l para conductores de transporte público y 1 g/l para los demás como agravante del homicidio culposo y de las lesiones graves o gravísimas causadas al conducir un vehículo con motor (artículos 84 bis y 94 bis).
En la Ciudad, la Ley 2148 (artículo 5.4.4) fija además 0,2 g/l para motos y 0,0 para transporte de pasajeros, de menores y de carga y para principiantes. Desde 1 g/l rige el artículo 131 del Código Contravencional: multa o de 1 a 10 días de arresto, siempre con inhabilitación de 4 meses a 2 años. Cómo se tramita cada caso está en cómo apelar una multa por alcoholemia.
Cómo se lee el ticket del etilómetro
Si el equipo imprime, la Resolución 86/2012 pide que el ticket muestre, en castellano:
- el resultado, idéntico al de cualquier otro indicador del equipo;
- marca, modelo y número de serie del etilómetro;
- día y hora de la medición;
- el símbolo de la unidad.
No puede imprimir resultados que no sean el final de la medición. La reglamentación nacional (artículo 73) exige alcoholímetros homologados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial y un formulario anexo al acta con los datos del equipo, la prueba de contraste si se hizo y las firmas.
Al leerlo, lo primero es la unidad: el reglamento vigente pide expresar el resultado en gramos por litro de sangre. Después, que fecha, hora y número de serie coincidan con el acta. Desde la Resolución 115/2025, el equipo debe pasar una verificación periódica cada doce meses. En servicio, el reglamento admite un error de hasta 0,067 g/l por debajo de 0,750 g/l y de 9 % entre 0,750 y 3,000 g/l, y permite que el equipo indique 0,00 g/l con concentraciones de hasta 0,05 g/l.
Por qué una tabla de tragos no predice el resultado
Las tablas que asignan un valor a cada vaso suponen un cuerpo promedio y un tiempo fijo. El control mide aire, lo expresa en sangre con una equivalencia fija y admite un margen de error; la ley bonaerense pide, además, considerar el factor tiempo. Y donde rige el cero, cualquier concentración superior a cero es infracción.
Qué conviene revisar
- Dónde fue el control: la ruta nacional, la provincia o el municipio con código propio definen el límite y la escala.
- Qué vehículo y qué licencia: en la Ciudad, motos, transporte y principiantes tienen límites más bajos.
- Si el formulario anexo identifica el equipo y registra la prueba de contraste, que la reglamentación nacional permite pedir y que paga el conductor si confirma el resultado.
Metodología
- Alcance
- Qué significan 0,5, 1 y 2 gramos de alcohol por litro de sangre en un control, cómo se relacionan con los miligramos por litro de aire que mide el etilómetro y qué consecuencia asocia cada norma a esos umbrales.
- Unidad de análisis
- Un conductor sometido a un control de alcoholemia con etilómetro y el resultado que queda en el ticket y en el formulario anexo al acta.
- Cobertura
- Ley 24.449 según la Ley 27.714, Ley 24.788, Anexo 1 del Decreto 779/95, Resolución 86/2012 de la Secretaría de Comercio Interior en su texto actualizado (anexo según la Resolución 145/2012 y cambios de la Resolución 115/2025), Código Penal, Leyes 2148 y 1472 de la Ciudad de Buenos Aires y Ley 13.927 bonaerense, consultados el 22 de septiembre de 2026.
Limitaciones
- La conversión entre aire y sangre usa la equivalencia fija del reglamento de etilómetros (1 mg/l de aire = 2,1 g/l de sangre): sirve para expresar el resultado y no mide la sangre de cada persona.
- Sólo se comparan la norma nacional, la Ciudad y la provincia de Buenos Aires; cada provincia y municipio con código propio fija su límite y sus sanciones.
- Los textos de la Ley 2148 y de la reglamentación nacional son los consolidados publicados a la fecha de consulta: la reglamentación del artículo 48 conserva un texto de 2018, anterior a la Ley 27.714, y el texto de la Ley 2148 consultado registra reformas hasta 2023.
- La nota no evalúa un resultado ni un acta concretos ni anticipa lo que resolverá la autoridad de juzgamiento.
Fuentes
- Ley 24.449 de Tránsito — texto actualizado — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Ley 24.788 de lucha contra el alcoholismo — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Anexo 1 del Decreto 779/1995 — reglamentación general de la Ley 24.449 — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Resolución 86/2012 — Reglamento metrológico y técnico para etilómetros, texto actualizado — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Código Penal de la Nación — texto actualizado — InfoLEG — Ministerio de Justicia de la Nación (consultada el )
- Ley 2148 — Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, texto actualizado — Argentina.gob.ar (consultada el )
- Ley 13.927 de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires — Argentina.gob.ar (consultada el )
- Ley 1472 – Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires — Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires (JURISTECA) (consultada el )
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es 0,5 de alcohol en sangre?
Medio gramo de alcohol por litro de sangre, es decir 500 mg/l; con la equivalencia que fija el reglamento de etilómetros (1 mg por litro de aire = 2,1 g por litro de sangre) son unos 0,24 mg por litro de aire exhalado. Fue el límite general de la ley nacional entre 1997 y 2023 y sigue siendo el límite general en la Ciudad de Buenos Aires.
En un control de alcoholemia, ¿cuánto es lo permitido?
En jurisdicción nacional, cero: el artículo 48 inciso a) de la Ley 24.449, según la Ley 27.714, prohíbe conducir con una alcoholemia superior a cero. La provincia de Buenos Aires también fija cero; la Ciudad mantiene 0,5 g/l en general, 0,2 para motos y 0,0 para transporte de pasajeros, de menores y de carga y para principiantes. En otras jurisdicciones rige su propia norma.
¿A cuánto equivale 2 gramos de alcohol en sangre?
A 2.000 mg por litro de sangre, unos 0,95 mg por litro de aire exhalado con el factor 2100:1. Supera los umbrales que el Código Penal usa para agravar el homicidio culposo y las lesiones graves causadas al conducir; en la Ciudad de Buenos Aires queda dentro del Código Contravencional, y en la provincia de Buenos Aires cae en el tramo de más de 1.500 mg/l, con 18 meses de inhabilitación.
¿Qué dice la ley de alcohol cero?
La Ley 27.714, publicada el 3 de mayo de 2023, reemplazó el inciso a) del artículo 48 de la Ley 24.449: queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre. La Ley 24.449 rige en jurisdicción federal y en las provincias y municipios que adhieren.
¿Sirve una tabla de alcohol en sangre para saber cuánto puedo tomar?
No. El control compara el resultado con límites escritos en sangre: el etilómetro mide aire, lo expresa en sangre con una equivalencia fija y admite un error máximo en cada medición, y la ley bonaerense pide considerar el factor tiempo. Donde el límite es cero, cualquier concentración superior a cero es infracción.
Dónde consultar
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